Razonamiento jurídico y ciencias cognitivas / María Laura Manrique [y otros] ; Federico José Arena, Pau Luque, Diego Moreno Cruz (editores). -- Bogotá : Universidad Externado de Colombia. 2021.
298 páginas ; 24 cm. (Intermedia de Teoría Jurídica y Filosofía del Derecho ; 30)
Incluye referencias bibliográficas.
ISBN: 9789587906417
1. Argumentación jurídica 2. Filosofía del derecho 3. Interpretación del derecho 4. Teoría del derecho I. Arena, Federico José, editor II. Luque, Pau, editor III. Moreno Cruz, Diego José, editor IV. Universidad Externado de Colombia V. Título VI. Serie
340.1 SCDD 15
Catalogación en la fuente -- Universidad Externado de Colombia. Biblioteca. EAP.
julio de 2021
ISBN 978-958-790-641-7
© 2021, FEDERICO JOSÉ ARENA, PAU LUQUE, DIEGO MORENO CRUZ (EDS.)
© 2021, UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA
Calle 12 n.º 1-17 Este, Bogotá
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Primera edición: julio de 2021
Pintura de cubierta: Calamitas , Magdalena Ana Rosso, óleo sobre lienzo, 50 x 40 cms., 2016
Diseño de cubierta: Departamento de Publicaciones
Corrección de estilo: Santiago Perea Latorre
Composición: Precolombi EU-David Reyes
Impresión y encuadernación: DGP Editores S.A.S.
Tiraje de 1 a 1.000 ejemplares
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Diseño epub: Hipertexto – Netizen Digital Solutions
FEDERICO JOSÉ ARENA SEBASTIÁN FIGUEROA RUBIO DANIEL GONZÁLEZ LAGIER PAU LUQUE MARÍA NATALIA |
MARÍA LAURA MANRIQUE DANNY MARRERO AVENDAÑO DIEGO MORENO CRUZ ANDRÉS PÁEZ ZAVADIVKER |
INTRODUCCIÓN. DERECHO, PSICOLOGÍA Y DECISIÓN JUDICIAL
Federico José Arena
Pau Luque
Diego Moreno Cruz
I. FILOSOFÍA Y (NEURO)CIENCIA: SOBRE LA “NATURALIZACIÓN” DE LA FILOSOFÍA PRÁCTICA
Daniel González Lagier
II. ACCIÓN, EXPRESIÓN Y ATRIBUCIÓNDE ESTADOS MENTALES
Sebastián Figueroa Rubio
III. ACCIÓN INTENCIONAL DE INTERPRETACIÓN JUDICIAL. CASOS NORMALES Y SORPRESIVOS
Diego Moreno Cruz
IV. LA RAZÓN Y LA RAZÓN. PSICOLOGÍA MORAL Y ARGUMENTACIÓN JUDICIAL
Pau Luque
V. ACERCA DE LA RELEVANCIA DE LAS INVESTIGACIONES SOBRE SESGOS IMPLÍCITOS PARA EL CONTROL DE LA DECISIÓN JUDICIAL
Federico José Arena
VI. LOS SESGOS COGNITIVOS Y LA LEGITIMIDAD RACIONAL DE LAS DECISIONES JUDICIALES
Andrés Páez
VII. UN ARGUMENTO NATURALISTA EN CONTRA DE LA TEORÍA RETÓRICA DE LA ARGUMENTACIÓN PROBATORIA EN LOS PROCESOS PENALES
Danny Marrero Avendaño
VIII. ENTRE EL ‘HOMBRE PROMEDIO’ Y EL ‘HOMBRE IDEAL’: EL CRITERIO DE RAZONABILIDAD Y SU APLICACIÓN AL AGENTE MORAL EN EL RAZONAMIENTO COTIDIANO, JURÍDICO Y PSICOLÓGICO
María Natalia Zavadivker
IX. ¿ES EL SOMETIMIENTO DE LA VÍCTIMA UNA ALTERNATIVA AL ODIO COMO ESTADO MENTAL?
María Laura Manrique
NOTAS AL PIE
Introducción. Derecho, psicología y decisión judicial
FEDERICO JOSÉ ARENA
PAU LUQUE
DIEGO MORENO CRUZ
En las últimas décadas el estudio del razonamiento jurídico se ha visto enriquecido por las hipótesis que son formuladas a partir de los resultados de experimentos de la psicología cognitiva y de la neurociencia acerca de cómo el aparato cognitivo humano funciona y de qué modo las actividades inconscientes y conscientes de nuestra mente y cerebro influencian en nuestras acciones cuando lidiamos con cuestiones normativas. La filosofía experimental del derecho ( Experimental Jurisprudence ) es un modo de abordar problemas de la teoría general y la filosofía del derecho, que parte de la base de experimentaciones a partir de las cuales se sostiene que nuestras acciones están influenciadas por un conjunto de estados y operaciones mentales inconscientes y también por ideas normativas acerca de cómo debemos actuar en situaciones dadas. La filosofía experimental, entendida de este modo, reta a los teóricos y los filósofos del derecho a que formulen hipótesis que estén informadas por las explicaciones y predicciones de las ciencias cognitivas. Hipótesis que dejan en claro que el comportamiento de las personas está moldeado tanto por ideales normativos que ellas apoyan conscientemente como por tendencias psicológicas o procesos inconscientes que se llevan a cabo en su mente sin intención deliberativa alguna ( SHAFIR, 2004: ix).
Por un lado, tales investigaciones han permitido poner bajo una nueva luz cuestiones tradicionalmente concebidas como puramente conceptuales o metafísicas. En este sentido, parte de la génesis de la idea de este libro se vincula con un intento por mostrar diferentes modos en los que sería posible enfrentar un reciente desafío a la filosofía analítica del derecho. La corriente tradicional de la filosofía analítica concebía al método filosófico como la reconstrucción racional de conceptos basada en las intuiciones del propio filósofo y en las propiedades generalmente asociadas con el concepto 1 . Actualmente, existe gran controversia acerca de cómo concebir la tarea del filósofo analítico y de la filosofía analítica del derecho en particular. La discusión se vincula con las objeciones avanzadas en contra de la distinción analítico-sintético. Según el punto de vista tradicional, los enunciados analíticos son aquellos cuyo valor de verdad depende exclusivamente de su forma lógica y/o del significado de los términos que los componen. Los enunciados sintéticos, en cambio, son aquellos cuyo valor de verdad depende de cómo es el mundo. Esta constituyó la piedra basal de las ciencias empíricas según el positivismo lógico de la primera parte del siglo XX. Mientras que la filosofía debía encargarse de los enunciados analíticos, las ciencias empíricas se ocuparían de los enunciados sintéticos. Sin embargo, esta distinción fue atacada desde distintos ángulos; quizás la crítica más devastadora fue la formulada por Quine ( QUINE, 1953). Si bien resulta difícil resumir en pocas palabras esa crítica, puede bastar con formular la conclusión, que se extrae de su objeción, del modo siguiente: hasta ahora no han sido ofrecidas pruebas suficientes para sostener la existencia de una clase de enunciados inmune a los hechos. Si ello es así, entonces todos los enunciados enfrentan el tribunal de la experiencia. Este resultado parecería dejar sin tarea a la filosofía, puesto que ningún conocimiento confiable sobre los hechos (de los que ahora depende también la verdad de los enunciados antes considerados analíticos) puede ser obtenido únicamente mediante el análisis conceptual; todos los enunciados han de ser testeados por la ciencia. Los filósofos analíticos, incluidos los filósofos del derecho, han enfrentado esta dificultad de distintas maneras 2.
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