1 ...7 8 9 11 12 13 ...31 Esta importante reformulación del concepto de cultura, resultado de la convergencia entre la etnología y la psicología conductista del aprendizaje, (27) es obra de la llamada escuela culturalista, cuyos representantes principales fueron discípulos de Boas (Ruth Benedict, Margaret Mead, Ralph Linton, Melville J. Herskovits). Dentro de esta nueva perspectiva se entiende por cultura “todos los esquemas de vida producidos históricamente, explícitos o implícitos, racionales, irracionales o no racionales, que existen en un determinado momento como guías potenciales del comportamiento humano”. (28) Y una cultura, en sentido descriptivo, “es un sistema históricamente originado de esquemas de vida explícitos e implícitos que tiende a ser compartido por todos los miembros de un grupo o por algunos de ellos específicamente designados”. (29) En esta última definición el término “sistema” denota el carácter estructurado y configuracional de la cultura; el término “tiende” indica que ningún individuo se comporta exactamente como lo prescribe el esquema; y la expresión “específicamente designados” señala que dentro de un sistema cultural hay modelos o esquemas de comportamiento no comunes sino propios y exclusivos de ciertas categorías de personas según diferencias de sexo, edad, clase, prestigio, etcétera.
Los culturalistas explican el carácter estructurado, jerarquizante y selectivo de la cultura postulando la presencia, por debajo de los comportamientos observables, de un sistema de valores característicos compartido por todos los miembros del grupo social considerado. Este sistema de valores, llamado también “premisas no declaradas”, “categorías fundamentales” o “cultura implícita”, “se convierte en la base metodológica para reconocer la eventual existencia, en una determinada sociedad, de culturas diferentes y, a veces, en conflicto; o también la articulación de una cultura en subculturas con características distintivas propias”. (30)
La cultura así concebida se adquiere mediante el aprendizaje, entendido en sentido amplio no sólo como educación formal sino también como hábito inconscientemente adquirido. Los modelos culturales son inculcados y sancionados socialmente. Este aspecto ha sido fuertemente destacado por la célebre definición de Ralph Linton, según la cual “una cultura es la configuración de los comportamientos aprendidos y de sus resultados, cuyos elementos componentes son compartidos y transmitidos por los miembros de una sociedad”. (31)
El proceso de aprendizaje de la cultura dentro del propio grupo suele llamarse en esta teoría “inculturación”. (32) Pero este aprendizaje puede producirse también por vía exógena, en el marco de los fenómenos de difusión o de contacto intercultural. Este proceso, llamado “aculturación”, obliga a relativizar, según los culturalistas, aquella parte de la definición tyloriana que habla de “capacidades o hábitos adquiridos por el hombre en cuanto miembro de la sociedad”. En efecto, esta expresión “parece sugerir que la ‘cultura’ como concepto explicativo se refiere solamente a aquellas dimensiones del comportamiento de los individuos que resultan de su pertenencia a una sociedad particular (por nacimiento o por sucesiva afiliación). La ‘cultura’, en cambio, nos ayuda también a comprender ciertos procesos como la ‘difusión’, el ‘contacto cultural’ y la ‘aculturación’”. (33)
Las configuraciones culturales ejercen sobre los individuos, a través del aprendizaje, una influencia modelante cuyo supuesto efecto se denominaba inicialmente “personalidad de base”, esto es, una especie de fondo común desde donde emergen las personalidades individuales dentro de un grupo culturalmente homogéneo. Pero posteriormente los culturalistas desecharon la idea de tal “fondo común”, arguyendo que la experiencia sólo demuestra la existencia de “versiones idiomáticas”, es decir, particulares, de la utilización de los modelos culturales por cada personalidad. (34)
Según los culturalistas, la actitud de los individuos respecto a su propia cultura está lejos de ser puramente pasiva, como pudiera sugerir la definición corriente de la cultura en términos de “herencia social”. En efecto, “los hombres no son solamente portadores y criaturas de la cultura, sino también creadores y manipuladores de la misma”. (35) Así se explica, entre otras cosas, la dinámica cultural, uno de cuyos factores básicos suele ser, si consideramos las causas endógenas, la invención o la innovación individual. Aunque las mutaciones culturales se deben en mayor medida a factores exógenos que operan por vía de aculturación, si se tiene en cuenta el hecho muchas veces comprobado de que “cualquier pueblo asume del modo de vida de otras sociedades una parte mucho mayor de la propia cultura que la originada en el seno del mismo grupo”. (36)
La concepción normativa de la cultura ha operado, por lo general, dentro de un contexto funcionalista que destaca fuertemente la función integradora de los procesos culturales. “Todo modo de vida tiene a la vista modelos que se encuentran integrados entre sí de modo que constituyan un conjunto funcionante”, dice Herskovits. Y añade: “Por eso los conceptos de modelo y de integración resultan esenciales para cualquier teoría operativa de la cultura”. (37) Pero diríase, al menos en primera instancia, que el concepto normativo de cultura ha operado también en un contexto estructuralista fuertemente crítico, como sabemos, del funcionalismo. (38)
En efecto, para la antropología estructural francesa, que abrevó en la tradición de Durkheim y de Marcel Mauss, la cultura se define también como un sistema de reglas. Según Lévi–Strauss es la ausencia o la presencia de reglas lo que distingue a la naturaleza de la cultura. “Todo lo que en el hombre es universal pertenece al orden de la naturaleza y se caracteriza por la espontaneidad; mientras que todo lo que se halla sujeto a una regla pertenece al orden de la cultura y presenta los atributos de lo relativo y particular”. (39) La prohibición del incesto sería algo así como la franja fronteriza entre ambos órdenes, en la medida en que, sin dejar de ser una regla que comporta sanciones, participa también de la universalidad de la naturaleza en virtud de su presencia ubicua en la historia y en todos los grupos humanos hasta hoy conocidos.
Sin embargo, las “reglas” de los estructuralistas son bastante diferentes de las “normas” o “pautas” culturalistas.
En primer lugar, Lévi–Strauss distingue dos tipos o niveles de normatividad cultural. Por un lado están las leyes de orden que operan en “diferentes registros del pensamiento y de la actividad humanas”, (40) son de naturaleza inconsciente y se presentan como “invariantes a través de las épocas y de las culturas”. Estas leyes, que pueden considerarse como los universales de la cultura, definen a la Cultura , con mayúscula y en singular, como atributo distintivo de la condición humana. Por otro lado están las reglas de conducta, que en su mayor parte son también inconscientes y se caracterizan por su enorme variedad y diversidad. Son éstas las que definen a las culturas, así, en plural, como manifestaciones variadas y diversas de la misma condición humana. Ambos tipos de legalidad están relacionados entre sí, aunque operan en niveles diferentes de profundidad. Las “leyes de orden” subyacen a las “reglas de conducta” en la medida en que estas últimas no son más que manifestaciones diversificadas y pluralizadas de las primeras. Así, por ejemplo, la misma ley de la prohibición del incesto, que regula el intercambio de mujeres entre los grupos humanos y que se ha mantenido sin variación alguna a través de todas las épocas, se manifiesta bajo la variedad de las reglas de matrimonio documentadas por las creencias y las costumbres más diversas e incluso opuestas entre sí. De este modo, Lévi–Strauss cree haber superado la antinomia aparente entre la unicidad de la condición humana y la pluralidad inagotable de sus manifestaciones, que por mucho tiempo ha atormentado a la etnología. (41)
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