La escasez y dispersión de los fondos documentales ha sido el otro gran obstáculo que he debido sortear. Los archivos municipal de Xàtiva y diocesanos de Valencia y Orihuela fueron gravemente dañados en 1707 y 1936. También los procesos de desamortización eclesiástica, impulsados por las autoridades francesas, primero, y liberales, después, afectaron negativamente al patrimonio documental de muchas instituciones religiosas. Por su parte, Cebrián nunca destacó por su afición a la escritura. Además, su pertenencia a diversas corporaciones quedó reflejada en un tipo de documentación árida, al menos, por lo que se refiere a la vida de sus miembros. En auxilio de estos vacíos y a falta de mayores certezas, se presentan las hipótesis, las sugerencias, el afán por envolver los datos de sentido.
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La elección del lienzo que aparece en la portada merece una explicación. En principio, pudiera parecer extraño que, tratándose de una biografía, no se opte por alguno de los retratos que se conservan de Francisco Antonio Cebrián; desde luego, no estamos ante un caso de falta de calidad pictórica: el afamado Vicente López le dedicó cuatro. 8Las razones, pues, son otras y tienen que ver con la opción metodológica adoptada, y la inclusión de la persona en su medio. El título Familia, derecho y religión quiere subrayar, por un lado, la preeminencia de unos órdenes, de unos mecanismos de disciplina social, y, por otro, la secuencia de una vida: desde los orígenes a la profesión religiosa, pasando por la universidad. Sólo después aparece el nombre de la persona y sus años de vida, el subtítulo: Francisco Antonio Cebrián y Valda (1734-1820). Pues bien, lo dicho guarda relación con el lienzo reproducido. El pintor lo rotuló: Posesión del Convto de S. Miguel de S. Felipe. Año 1814. A la izquierda, vemos a dos regidores, vestidos con uniforme de gala; uno de ellos, el que habla –Por Fernando VII– es Pedro de Alcántara Cebrián y Soto, sobrino de nuestro biografiado; la Familia. 9En el centro, tiene lugar una entrega de llaves –traditio–, uno de los modos de adquirir la posesión; el Derecho. A continuación, tres frailes mercedarios y otros dos clérigos; la Religión. Los tres elementos clave de aquella sociedad, de aquella cultura, se manifiestan a las claras en esta lastimada y discreta obra de arte. 10Ellos condicionaron completamente la existencia de nuestro personaje.
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El presente estudio no se hubiese concluido sin el apoyo del departamento universitario y del proyecto de investigación de los que formo parte. 11Tampoco, sin las facilidades procuradas por mis compañeros de área de conocimiento. En Valencia, pude trabajar cómodamente gracias a la gentileza del director del Departamento de Derecho Financiero e Historia del Derecho. Los responsables de los diversos archivos y centros de estudio frecuentados siempre se han mostrado diligentes. En fin, la edición de estas páginas ha de agradecerse al Servei de Publicacions de la Universitat de València y al Centro de Estudios Borgianos de Xàtiva.
FONDOS CONSULTADOS
ACD |
Archivo del Congreso de los Diputados |
ACO |
Archivo de la Catedral de Orihuela |
ACV |
Archivo de la Catedral de Valencia |
ADV |
Archivo Diocesano de Valencia |
AGP |
Archivo General del Palacio Real |
AHCX |
Archivo Histórico de la Colegiata de Xàtiva |
AHPM |
Archivo Histórico de Protocolos de Madrid |
AHN |
Archivo Histórico Nacional |
AHO |
Archivo Histórico de Orihuela |
AMV |
Archivo Municipal de Valencia |
AMX |
Archivo Municipal de Xàtiva |
ARV |
Archivo del Reino de Valencia |
ASV |
Archivo Secreto Vaticano |
AUV |
Archivo de la Universidad de Valencia |
BCV |
Biblioteca de la Catedral de Valencia |
BHUV |
Biblioteca Histórica de la Universidad de Valencia |
BV |
Biblioteca Valenciana |
RABASC |
Real Academia de Bellas Artes de San Carlos |
1E. La Parra López: «La biografía de una persona importante», Estudis. Revista de Historia Moderna 30 (2004), pp. 57-72.
2F. Dosse: La apuesta biográfica: escribir una vida, Valencia, 2007.
3P. Grossi: El orden jurídico medieval, Madrid, 1996 y M. Fioravanti (ed.): El Estado moderno en Europa. Instituciones y derecho, Madrid, 2004.
4B. Clavero: «Hispanus Fiscus, Persona Ficta. Concepción del sujeto político en el Ius Commune moderno», Quaderni Fiorentini per la Storia del Pensiero Giuridico Moderno 11/12-I (1982), pp. 95-167; del mismo autor: «Historia y antropología. Por una epistemología del derecho moderno», en J. Cerdá y P. Salvador (eds.): I seminario de historia del derecho y derecho privado. Nuevas técnicas de investigación, Barcelona, 1985, pp. 9-35. También, A. M. Hespanha: Cultura jurídica europea. Síntesis de un milenio; edición a cargo de A. Serrano González, Madrid, 2002, pp. 59 y ss.
5B. Clavero: Antidora. Antropología católica de la economía moderna [=Quaderni Fiorentini per la Storia del Pensiero Giuridico Moderno 39 (1991)], en especial, pp. 199 y ss.
6J. A. Maravall: Menéndez Pidal y la historia del pensamiento, Madrid, 1960, p. 112.
7B. Clavero: «Del pensamiento jurídico en el estudio de la historia (A propósito de Antonio Manuel Hespanha, História das Instituçôes. Epoca medieval e moderna, Coimbra, Livraria Almedina, 1982, 569 pp.)», Quaderni Fiorentini per la Storia del Pensiero Giuridico Moderno 13 (1984), pp. 561-577; del mismo autor: «De la religión en el derecho historia mediante», Quaderni Fiorentini per la Storia del Pensiero Giuridico Moderno 15 (1986), pp. 531-549.
8J. L. Díez: Vicente López (1772-1850), 2 vols., Madrid, 1999, II, pp. 132-133.
9Pese a que la documentación municipal no lo dice expresamente, así cabe pensarlo. Pedro de Alcántara Cebrián era regidor de la clase de nobles; pertenecía al cabildo con anterioridad al otro comisionado –Enrique Ribera–; además, la influencia política adquirida por su tío hacía de él el hombre idóneo para encargos de este tipo. Véase M.ª P. Hernando Serra y R. Aznar i Garcia: Xàtiva durant la Guerra del Francés, 1808-1814, Xàtiva, 2002, p. 88.
10El lienzo pertenece al Museo San Pío V de Valencia y se encuentra depositado en el Monasterio de Santa María del Puig. Ha sido analizado por M. González Baldoví: «La devolució del Convent de Sant Miquel als mercedaris després de la Guerra de la Independència», en Ecce-Homo, Xàtiva, 1998, pp. 97-99.
11La consulta de los fondos del Archivio Segreto Vaticano fue posible gracias a dos es tancias de investigación –en julio de 2006 y septiembre de 2007– financiadas por el Departamento de Derecho Penal, Procesal e Historia del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid. Así mismo, la consulta de los fondos del Archivo de la Catedral de Orihuela contó con una ayuda del proyecto de investigación «Doctrinas y ciencia en las universidades españolas en relación con América y Europa (siglos XVI a XX)», SEJ 2005-07366.
I. LA FAMILIA CEBRIÁN
AL SERVICIO DE LOS AUSTRIAS
Ya a comienzos del siglo XVII, los miembros de este linaje pertenecían al restringido círculo de gobernantes de Xàtiva. En 1602, Gaspar Cebriá tenía la consideración de ciudadano, estatus al que sólo podían acceder los cabeza de casa con una posición económica desahogada. 1Pocos años después, en 1607, logró ser designado jurado, y se incorporó al consell secret, órgano de gobierno de la ciudad. 2En los principales municipios de la Corona de Aragón, a estos oficios se accedía a través de la insaculación. 3
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