20Natalie Zemon Davis: Fiction in the Archives. Pardon tales and their tellers in Sixteenth Century France , Stanford, 1987; Arlette Farge: La atracción del archivo , Valencia, 1991; Roger Chartier: El mundo como representación: estudios sobre historia cultural , Barcelona, 1992; Michel de Certeau: La escritura de la historia , México, 1993.
21Pablo Pérez García: «Perspectivas de análisis del proceso penal en el Antiguo Régimen: el procedimiento ordinario de la Valencia foral (siglos XVI y XVII)», Clío & Crimen , 10, 2013, pp. 54-55. El tema ha sido también estudiado por Vicente Graullera Sanz: «El proceso penal en la Audiencia foral de Valencia», Estudios jurídicos en memoria del profesor Dr. D. José Ramón Casabó Ruiz , Valencia, 1997, I, pp. 947-968. Todavía no existe para el caso valenciano una monografía comparable a la de M.ª Paz Alonso Romero sobre el castellano: El proceso penal en Castilla. Siglos XIII-XVIII , Salamanca, 1982.
22P. Pérez García: «Perspectivas de análisis del proceso penal…», pp. 55-57.
23Ibíd., pp. 58-62.
24Ibíd., pp. 64-69.
25Francisco Tomás y Valiente: «Teoría práctica de la tortura judicial en las obras de Lorenzo Matheu y Sanz (1618-1680)», Anuario de Historia del Derecho Español , XLI, 1971, pp. 458-459; y La tortura en España. Estudios históricos , Barcelona, 1973, p. 135; Vicente Graullera Sanz: «El derecho penal en los fueros de Valencia», en Enric Juan y Manuel Febrer (eds.): Vida, instituciones y Universidad en la historia de Valencia , Valencia, 1996, p. 64; Emilia Salvador Esteban: «Tortura y penas corporales en la Valencia foral moderna. El reinado de Fernando el Católico», Estudis. Revista de Historia Moderna , 22, 1996, p. 297.
26P. Pérez García: «Perspectivas de análisis del proceso penal…», pp. 71-72.
27Véase el instrumento de descripción 112 del Archivo del Reino de Valencia (ARV).
28E. Salvador Esteban: «Sobre la emigración mudéjar a Berbería. El tránsito legal a través del puerto de Valencia durante el primer cuarto del siglo XVI», Estudis. Revista de Historia Moderna , 4, 1975, pp. 39-68; J. F. Pardo Molero: «La emigración de los moriscos valencianos» y «¿Emigrantes o conspiradores? Fugas, tramas y peligro morisco…».
29J. A. Catalá Sanz y S. Urzainqui Sánchez: « Nemo teneatur ad impossibile . Las consecuencias de la pragmática para la extirpación del bandolerismo valenciano: cláusulas relativas a la punición de homicidios (1586-1604)», Revista de Historia Moderna , 32, 2014, p. 155; S. García Martínez, op. cit. , pp. 95-96; Remedios Ferrero Micó: «Bandolerismo en Valencia a finales del siglo XVI», en El bandolero y su imagen en el Siglo de Oro , Madrid, 1989, pp. 79-92.
30Entre los expedientes de tesorería del maestre racional se incluye una serie relativa a las cuentas del secuestro regio del ducado de Segorbe desde la muerte sin hijos del IV duque en 1575 hasta la resolución del larguísimo pleito por la sucesión, ya en el siglo XVII. En dichas cuentas se anotan los ingresos por multas y composiciones derivadas de la sustanciación de causas criminales, así como los pagos por averiguaciones y otros gastos de justicia. Algunos de estos apuntes –como los 350 reales castellanos con que fueron ajustados en 1580 los responsables de la muerte de Gaspar Raben un año antes (ARV. Maestre Racional, 9278, s.f.), o las 90 libras que pagaron cinco moriscos de Navajas condenados a galeras en 1596 (Maestre Racional, 9739, 1)– sugieren que eran bandidos, pero no podemos confirmarlo.
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