FIDELIDAD, GUERRA Y CASTIGO
LAS INSTITUCIONES VALENCIANAS
ENTRE FELIPE V DE BORBÓN
Y CARLOS III DE HABSBURGO
FIDELIDAD, GUERRA Y CASTIGO
LAS INSTITUCIONES VALENCIANAS ENTRE FELIPE V DE BORBÓN Y CARLOS III DE HABSBURGO
Sergio Villamarín Gómez
UNIVERSITAT DE VALÈNCIA
2016
El presente trabajo ha obtenido el III Premio «Savis en Dret» en la modalidad de derecho histórico (2014), convocado por la Cátedra Institucional de Derecho Foral Valenciano de la Universitat de València. El jurado ha estado integrado por Teresa Canet Aparisi, Pascual Marzal Rodríguez y Francisco Javier Palao Gil.
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© de los textos: Sergio Villamarín Gómez, 2016
© de esta edición: Universitat de València, 2016
Coordinación editorial: Maite Simon
Maquetación: Celso Hernández de la Figuera
Diseño de cubierta: Celso Hernández de la Figuera
Corrección: Pau Viciano
ISBN: 978-84-9134-045-4
ÍNDICE
PRÓLOGO, de Mariano Peset
PRIMERA PARTE LA GENERALITAT VALENCIANA
1. EL PLÁCIDO ARRIBO DE FELIPE V
1. El adiós al último Habsburgo la bienvenida al primer Borbón
2. Ecos de una guerra lejana
3. Reacciones a las primeras manifestaciones rebeldes
4. Participación directa en el conflicto bélico
2. EL GOBIERNO AUSTRACISTA
1. Basset responsable del reino
2. La normalización institucional. El virrey Cardona
3. Carlos III rey de los valencianos
3. LA DISOLUCIÓN DE LA GENERALITAT
1. La interinidad de unas reformas apresuradas
2. La integración de las generalidades en la hacienda real
SEGUNDA PARTE EL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
1. EL PRIMER AYUNTAMIENTO BORBÓNICO
1. Los últimos años de Carlos II. La llegada de Felipe V
2. La ciudad de Valencia y el nuevo gobierno
2. EL MUNICIPIO AUSTRACISTA
1. Bajo la tutela del general Basset
2. El virrey Cardona y la consolidación política
3. Carlos III en Valencia
3. NUEVA PLANTA MUNICIPAL
1. Los últimos jurados
2. La llegada de la administración castellana
4. LA CONSOLIDACIÓN DEL CAMBIO POLÍTICO
1. La ordenanza de Curiel
2. Regidores y gobierno
3. Un viejo problema se repite. La satisfacción de las demandas militares
4. La intervención de la Superintendencia de Rentas Reales
TERCERA PARTE EL GOBIERNO DEL REY: VIRREY Y AUDIENCIA
1. EL PRIMER REINADO DE FELIPE V
1. El virreinato de Villagarcía
2. La audiencia y el clero disidente
3. La legalidad borbónica en reino austríaco: la audiencia en Orihuela y Alicante
2. EL BREVE PARÉNTESIS AUSTRACISTA DE LA AUDIENCIA
1. Formación
2. Actividad durante el período
3. EPÍLOGO. LA ÚLTIMA AUDIENCIA Y LA NUEVA
FUENTES Y BIBLIOGRAFÍA
PRÓLOGO
Cuando en 1968 –hace medio siglo– terminé la carrera de historia, realicé, bajo la dirección del doctor Joan Reglà, mi tesina de licenciatura sobre la nueva planta impuesta a Valencia por Felipe V. Asistí a los cursillos de doctorado y proseguí mi investigación sobre aquel profundo cambio. El ordenamiento jurídico valenciano fue derogado en bloque y sustituido por otro, el castellano: de los Furs se pasaba a las Partidas y la Recopilación. ¿Por qué aquella abolición total de nuestros fueros, mientras permitía el derecho privado y penal en Aragón y Cataluña? ¿Hubo intentos de devolución? ¿Cómo se realizó la transición de uno a otro sistema? Me sumergí en los archivos y publiqué primeros resultados: unas notas sobre la abolición de los Furs y la incorporación del reino de Valencia a las cortes castellanas de 1709, 1712-1713 y 1724, que aparecieron en el Anuario de historia del derecho . Luego escribí acerca de la chancillería y audiencia… Mi mujer María Fernanda Mancebo, sobre el primer ayuntamiento borbónico.
Pero pensé –ya doctor en derecho– que era preferible no sujetar mi investigación a trámites, que aportan poco y complican la vida a quien pretende estudiar… Además, había iniciado con mi hermano José Luis y mi mujer una línea de investigación que nos absorbía, la historia de las universidades españolas. Un espacio que une la historia de aquellas instituciones con la historia de la ciencia y de las doctrinas. Publicamos diversos trabajos, José Luis se doctoró con una tesis sobre los estudios médicos en Salamanca durante el reinado de Carlos IV; al publicarla en 1983 colaboré en los aspectos jurídicos y otros. En 1974 firmé con él La universidad española (siglos XVIII y XIX). Despotismo ilustrado y revolución liberal , dedicado a Reglà, cuando estaba ya en el lecho de muerte. Acotamos el periodo desde la ilustración –las reformas de Carlos III para Salamanca, Valladolid y Alcalá– hasta la revolución liberal. Porque las historias que existían, Vicente de la Fuente o los estrambóticos volúmenes de Cándido M.ª Ajo G. y Sainz de Zúñiga, no cubrían la última etapa, acababan antes su recorrido cronológico. Teníamos claro que para comprender las universidades debían encajarse en la política y la sociedad, analizadas en conjunto, no limitarnos al estudio erudito y detallado de un solo centro. Porque la ciencia y los saberes son internacionales, no específicos de un país, de una u otra universidad. Todas forman un conjunto interrelacionado, aunque solo sea importando ideas y conocimientos, como ocurrió en buena parte en la España de los últimos siglos.
Unos años después edité, en colaboración con M. ªFernanda Mancebo, José Luis Peset y Ana M. ªAguado, dos volúmenes de Bulas, constituciones y documentos de la universidad de Valencia , I. (1707-1724) La nueva planta y la devolución del patronato , y II. (1725-1733) Conflictos con los jesuitas y las nuevas constituciones , Universidad de Valencia, 1977. Unía ambas líneas de investigación, la universidad y la nueva planta…
Una tercera línea que también emprendí pronto fue la historia de la propiedad, institución central en un sistema de derecho. En 1974 había publicado Bartolomé Clavero, Mayorazgo. Propiedad feudal en Castilla, 1369-1836 , delimitando la propiedad privilegiada, noble y eclesiástica, en el antiguo régimen. Dos años después escribí páginas «Acerca de la propiedad en el Code » ( Revista crítica de derecho inmobiliario , 52 (1976), 879-890) y «Derecho y propiedad en la España liberal» ( Quaderni fiorentini per la storia del pensiero giuridico , 5/6 (1976-1977), 463-507). Me interesaba la propiedad del antiguo régimen y su evolución hacia la propiedad liberal. Siguieron otros estudios sobre el señorío de Alfara del Patriarca –en colaboración con Vicente Graullera y mi esposa María Fernanda–; la propiedad en la Ribera del Júcar, basado en los primeros registros de propiedad del XVIII…
Pues bien, este libro de Sergio Villamarín, su tesis que dirigí hace unos años –en colaboración con Pilar García Trobat–, me redime de aquel abandono de mi tesis de doctorado en letras. Impulsé otras sobre el derecho valenciano y la historia del reino de Valencia, desde su origen hasta el presente. ¿Razón? Porque las investigaciones deben hacerse cerca de los archivos, sin perjuicio de consultar el nacional o el archivo de la corona de Aragón… Estaban conectadas con cuestiones que yo conocía y tenía alguna experiencia, para poder plantear y orientar…
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