1 ...8 9 10 12 13 14 ...25 … y trobant-se este regne sens aquella defensa que requereix de detenir les invasions que amenasen los enemichs, no sols en les poblacions circunvehines a dites viles, sinó les més apartades, y encara esta capital, que seria el major infortuni, que es podía sentir, per totes les quals rahons, y per que havent inviat diferents representacions per medi de expressos a Sa Magestat no han tengut aquells effectes, que demanava la urgència …
La elección recayó en el conde de Carlet, Felipe Lino de Castellví, por «… molt més de les dos parts de les tres dels vots…». A continuación acordaron proveer con 2.000 libras la subvención de 200 hombres de las compañías del reino durante un mes. 84En la reunión de 14 de diciembre, ante la certeza del ataque enemigo, escondieron toda la plata inventariada en la sacristía de la catedral para garantizar su custodia. También entregaron 100 fusiles al colegio de notarios de Valencia, para la defensa de la ciudad y el servicio de Su Majestad. 85Ese mismo día se juntaron con los electos para suspender la embajada del conde de Carlet, acordada días antes, por encontrarse cerrados los pasos de Castilla. Ante este contratiempo despacharon de forma urgente un correo al monarca indicándole la precaria posición en que se encontraban… La premura con que se sucedían los acontecimientos obligó a los diputados y electos a reunirse de nuevo al día siguiente. Tras haber recibido la noticia de que los pasos de Castilla volvían a estar abiertos acordaron reemprender la embajada del conde de Carlet. Si atendemos a lo relatado por Ortí en su dietario, esta resolución fue problemática en tanto que la Generalidad la tomó sin el asenso de los electos –violentando los cauces forales en torno a los casos inopinados– que se vieron forzados a acatarla para no entorpecer el socorro a la ciudad. 86Sea como fuere, el acuerdo llegaba demasiado tarde…
1. ARV, Generalidad , 3264, 6 noviembre 1700. A dicha reunión, convocada para todos los oficiales acudieron como diputados: Francisco Lloris de la Torreta, delegado del cabildo de Tortosa; Jacinto Roca y Ferrer, marqués de Malferit; Vicente Montes, ciudadano de Valencia; Bernardo Cortés, prior del convento de San Miguel de los Reyes; Eusebio de Benavides, caballero; Félix Cebrián y Aracil, delegado de Félix Bru, ciudadano de Xátiva. Como contadores: Miguel Mascarell del hábito de San Juan de Jerusalén, comendador de la encomienda de Torrent; José Monsoriu, delegado de Jaime Vallés y Serra; Vicente Nadal y Roca delegado de Bartolomé Galiana de Villajoyosa; José García de Asos, archidiácono de Alpuente delegado del cabildo de Segorbe; Juan Bautista Ferrrera generoso. Como clavarios: Diego Toscá delegado del abad de la Valldigna; Melchor Gamir y Figuerola, generoso; Leandro Esteve, ciudadano. Como administradores: Rómulo Menega delegado del maestre general de la Merced; Luis Ferrrera generoso. También se encontraban presentes el síndico de la casa Luis Martínez de Raga; el asesor José Castell de Planell; el escribano Emmanuel Molner y los abogados Juan Bautista López de Perona, Juan Bautista Folch y Lluqui y el canónigo Mauro Zapata.
2. Vicente Bacallar y Sanna. Marqués de San Felipe , Comentarios de la guerra de España, e historia de su rey Phelipe V el animoso , Pamplona, 1785, pp. 1-20. Aquí se nos describen las disputas de las distintas facciones en la corte por conseguir captar la voluntad del monarca hacia su candidato. Más recientemente, Joaquín Guerrero Villar, El tratado de paz con Inglaterra de 1713. Orígenes y culminación del desmembramiento de la monarquía española , Tesis doctoral, Madrid, Universidad Autónoma de Madrid, 2008, Sobre la formación del partido francés, Ana Álvarez López, «Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña», Revista de Historia Moderna , 25, 2007, pp. 179-205.
3. Antonio Ramón Peña Izquierdo, La Casa de Palma: la familia Portocarrero en el gobierno de la monarquía hispánica (1665-1700) , Córdoba, 2004, pp. 291 y ss.
4. Josefina Mateu Ibars, Los virreyes de Valencia. Fuentes para su estudio , Valencia, 1963, pp. 318-319 y 324-326.
5. Aceptación unánime que contrasta con las manifestaciones de disconformidad que se produjeron en Cataluña tanto en el consell reial , como en la reunión de los consellers de Barcelona. En ambas se realizaron manifestaciones contrarias a la aceptación del testamento de Carlos II, y a favor de la casa de Austria. Joaquim Albareda i Salvadó, Els catalans i Felip V, de la conspiració a la revolta. (1700-1705) , Barcelona, 1993, p. 64.
6. Por citar algunos ejemplos, ARV, Generalidad , 3264. Reuniones de los días, 25 de octubre y 30 de octubre. También en las de 10 de noviembre y 13 de dicho mes. En ellas se recogen los pagos realizados para satisfacer estos correos. Los correos se enviaron el 4 de octubre, a medias con la ciudad; y el 15 de dicho mes. Este último corre de cuenta de generalidad, ciudad y estamentos.
7. ARV, Generalidad , 3264, 16 noviembre 1700 y 20 de diciembre 1700. En el certificado del subsíndico se trata esta materia.
8. Sobre el acceso al cargo de estos y el resto de rectores de la institución, José María Castillo del Carpio, La Generalitat valenciana durante el siglo xvi. Su estructura burocrática, sus competencias, sus hombres , Valencia, 2013, pp. 23 y ss.
9. ARV, Generalidad , 3264. Durante los meses de noviembre y diciembre estas son las cuestiones abordadas en las reuniones: pagos por las obra realizadas en la aduana, pagos de pensiones, licencias para embarcar arroz, entrega de una carta de mitad para luchar contra el fraude, nombramiento de oficiales menores, salida a la lonja a subastar derechos de la generalidad, licencias para despachar vino, nombramiento de tablajeros, abono de salarios, un viaje del síndico para arreglar unos problemas con las generalidades en Alicante…
10. ARV, Generalidad , 2955, pp. 1-19, recoge la elección eclesial; pp. 19-34, la elección militar.
11. ARV, Generalidad , 3266, 3 y 10 de enero de 1701. En las provisiones correspondientes a estas fechas aparecen recogidas cuestiones relacionadas con el pleito.
12. Sobre el organigrama administrativo de la Generalitat y sus funciones en el XVI, José María Castillo del Carpio, La Generalitat valenciana …, op. cit ., pp. 49 y ss. Para la época en que se sitúa este estudio, Sergio Villamarín Gómez, La Generalitat valenciana en el XVIII. Una pervivencia foral tras la Nueva Planta , Valencia, 2005, pp. 27-33.
13. ARV, Generalidad , 3266. Sobre los casos inopinados y su significado, G. R. Mora de Almenar, Volum e recopilació de totas los furs y actes de cort que tracten dels negocis i affers respectanants a la casa de la deputació y generalitat de la ciutat y regne de València , Valencia, 1625, pp. 226-231. Los casos inopinados eran el medio del que se servían los diputados para desviar los ingresos de la Generalidad hacia gastos no previstos por la ley. «Item, que jatsia per actes de cort de la Generalitat los Deputats tenen la llíbera, y general administració dels drets del General, y per a despendre qualsevol cantitats que convinga a la administració, y conservació de aquells. Emperò, per quant ab lo títol de cassos inopinats los dits Deputats han proveyt, despès algunes sumes, y quantitats de diners en coses no respectants los dits drets. Per ço per obviar dits inconvenients Vostra Magestat sia servit proveyr, y ordenar ab acte de la present cort, que los dits Deputats, ni Oficials de la dita casa de la Generalitat, coniuctim, nec divisim , no puixen proveyr, ni despendre quantitat alguna de béns de aquella per ocasió de semblants casos inopinats, ni de altres alguns, fora de aquells que per dits actes de cort està proveyt, y ordenat; hagut per revocat qualsevol acte de cort que parle de casos inopinats, en lo qual dits Deputats se han fundat per a proveyr dites quantitats; e sols aquells sien, es puguen dir casos inopinats, los quals per los tres Estaments del regne residents en la ciutat de València, y per los Deputats, e altres Oficials de la casa de la Generalitat concordament, et nemine discrepante seran determinats, y declarats; açò entès, que en respecte del braç Militar per lo menys hajen de entrevenir, y concórrer en dita determinació, y declaració fahedora a part vint-y-cinch persones per lo menys, e haja de preceir convocació general dels Militars residents en la dita ciutat de València pera haver de fer dita del·liberació, y declaració; e fetes les dites declaracions en la forma desusdita, los dits Estaments respective hajen de fer electió de sis persones, cascuna de les quals juntament ab los dits Deputats, y Oficials de la casa de la Generalitat ajustats, y congregats, nemine discrepante , hajen de proveyr, y senyalar la suma, y quantitat que en los dits casos inopinats, y casscú de aquells se haurà, y deu dispondre de béns de la dita Generalitat.»
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