En su declaración continuó con la misma parsimonia, afirmando que “si he llegado a cometer estos delitos se ha debido a culpa de mi madre y al hecho de mi mala situación económica”. Lo anterior lo fundamenta textualmente por cuanto “si mi madre me hubiera soportado a mi conviviente en su casa y no la hubiera corrido como lo hizo muchas veces, yo no me hubiera visto arrastrado a esta situación, pues yo quería mucho a la Aurora Vicencio y a mi hijo Percy Arancibia. Yo digo que este era mi hijo aunque mi madre me decía que no era hijo mío, pero yo estoy absolutamente seguro de ello porque nadie mejor que yo puedo saberlo, dada la forma como ocurrió la primera vez que tuve relaciones con la Aurora Vicencio, quedando esta de inmediato embarazada” (PDI, 2009: 7).
Si bien se reconoce que en un crimen se puede producir una des-conexión del homicida con la realidad, por una alteración de conciencia o distorsión cognitiva, donde, aunque sea por efímeros instantes, el sujeto bien podría caer en una especie de locura o reacción psicótica, esta crueldad no siempre forma parte de estos estados de conciencia alterados. Este caso es claro ejemplo de ello, pues llama poderosamente la atención la falta de sensibilidad con que el profesor Arancibia narra los pormenores del parricidio y homicidio. Con evidente tranquilidad y cinismo, según relata la noticia un diario provinciano, “dio diferentes versiones como móvil del terrible hecho, entre ellas, dificultades económicas, celos o incompatibilidades de caracteres. En ningún momento dio muestras de sentirse arrepentido y solo se limitó a agregar que pensaba ocultar los tarros lecheros para iniciar una nueva vida” (Riquelme & Küpfer, 2018: 8).
Con los antecedentes recabados por la policía civil, se reconoce que una situación económica compleja gatilló en la psiquis del criminal los homicidios por sofocación y posterior desmembramiento. También se evidencian conflictos sentimentales, con notoria ausencia de amor hacia su pareja y hacia su primogénito. Asimismo, su modo de operar,“por muy complejo que este haya sido, se desprende de la propia versión del inculpado” (Tuane, 1988: 206).
Informe neuro-psiquiátrico
La conclusión de la autopsia fue terminante: la causa precisa y necesaria de la muerte de ambos autopsiados se debe a asfixia por estrangulamiento practicado por tercera persona, utilizando trozos de alambres de fierro estañado. En otras palabras, Aurora y Percy perdieron su vida al ser ahorcados por el criminal.
Con fecha 20 de enero de 1964, se emite el informe médico desde el Instituto Médico Legal Dr. Carlos Ybar. A fin de determinar si se encontraba loco o demente en el momento de cometer el delito, o privado totalmente de la razón por cualquier causa independiente de su voluntad 4, fue examinado por el doctor Jacobo Pasmanik Guiñerman, el doctor Alfonso Claps Gallo, el doctor Raúl Aranda (electroencefalografista) y la psicóloga Liana Ortiz. En las entrevistas, Nicolás se declara mujeriego e inestable en sus afectos, alcohólico excesivo e irregular (Informe neuro-psiquiátrico forense N° 265/63).
Manifiesta que se encontraba bebido al momento del crimen. Habría ingerido ¾ de una botella de ron, y su equilibrio nervioso se había alterado por las urgencias económicas e inseguridad laboral. Se sentía sometido a la continua presión negativa de su madre, especialmente en relación con la presencia de su conviviente en la casa. Su madre se oponía a ella. Él trató de separarse de ella, pero no pudo. Ella le insistía que solo con la muerte podrían separarse (Informe neuro-psiquiátrico forense N° 265/63).
El test de Rorschach arroja rasgos de personalidad psicopática esquizoide, egocentrismo y una acentuadísima carga angustiosa. Se observan además ciertos rasgos depresivos y agresividad reprimida. La conclusión del informe es clara: “el acto delictual se explica en relación a su condición psicopática esquizoide facilitada por la ingestión excesiva de alcohol. Lo anterior no implica que haya actuado privado del uso de razón” (Informe neuro-psiquiátrico forense N°265/63).
El delito cometido constituye la culminación de su largo proceso de agresividad creciente y reprimida, desarrollada en respuesta a insatisfacciones afectivas y dificultades económicas. El alcohol ha contribuido al estallido, verbigracia, a la puesta en marcha del proceso, facilitando la liberación de la agresividad, pero sin llegar a comprometer ni el sensorio ni la capacidad volitiva de Nicolás Arancibia. En conjunto, la conducta criminal de Nicolás se encuadra dentro de las características de frialdad afectiva, temeridad indiferente y embotamiento ético propio de los psicópatas esquizoides.
La defensa de Nicolás gestionó un segundo informe, a cargo de los médicos psiquiatras de Valparaíso Luis Acevedo Castillo y Alberto Robinson Nebel. En él, y en contraposición al informe neuro-psiquiátrico, Nicolás padece de síndrome epileptiforme de localización témporo-occipital (pensamiento forzado, alucinaciones hipnagógicas, visuales y auditivas, dreamy-estates, tipo de pensamiento viscoso, circunstancial, que según Penfield y Fischer son típicos de esta alteración mental), demostrada alteración mental equivalente al concepto legal de “loco o demente”.
A pesar de las fundadas conclusiones de este segundo informe psicológico, se reconoce que Nicolás actuó con premeditación previa, es decir, un designio reflexivo y persistente que lo ha llevado a la ejecución del delito de parricidio y homicidio. Demuestra en forma inequívoca los dos requisitos del proceso reflexivo: por una parte, el ideológico, es decir, reflexión y medios circunstanciales adecuados a su realización; y, por otra, el cronológico, constituido por el transcurso prudencial y razonable de un espacio de tiempo entre la decisión y la ejecución de lo resuelto, que es revelador de la perseverancia del impulso delictivo.
En otras palabras, los jueces del caso reconocen que el criminal estudió y planeó la ejecución de este delito con mucha anticipación y alevosía, es decir, actuar sobre seguro, con seguridad en el golpe y sin que el reo corriese riesgo. Cortó el cuerpo de Aurora, tomó la parte superior y la invirtió para impedir el derramamiento de vísceras antes de introducirla de cabeza en el tarro. Luego, amarró las manos del niño en su espalda y lo colocó en el breve espacio disponible en el tarro, tarea difícil ante la rigidez del cadáver. Cubrió la apertura del tarro con la tapa, lo apernó y selló con piroxilina. Consecuente con lo anterior, los jueces reconocen, además, que Nicolás planificó el crimen durante un mes.
Teniendo a la vista las evidencias recogidas por la policía y comprobada la rigurosidad investigativa con que se investigó el caso 5, el profesor Arancibia es condenado a la pena de presidio perpetuo por el parricidio y a la pena de presidio mayor en su grado mínimo, por el término de cinco años y un día, por el delito de homicidio calificado contra su conviviente.
Una investigación emblemática
Lo escabroso e impactante de este homicidio motivó la creación de la Brigada de Homicidios de Valparaíso a mediados de la década del sesenta, constituyendo la segunda unidad especializada más antigua del país luego de la Brigada de Homicidios Metropolitana, que cumple funciones en esta área desde 1949.
El caso de los tarros lecheros es uno de los hechos policiales más impactantes de la historia policial porteña. Este sello del caso motivó a ser recreado por el Poder Judicial de esa región en el marco del Día del Patrimonio 2018, el último domingo de mayo de ese año (Riquelme & Küpfer, 2018: 8). Simulando un juicio oral enmarcado en el nuevo procedimiento penal, el Poder Judicial se sumó a las actividades propias de este evento, basándose en este alevoso crimen. El 2017 recrearon el caso de Emile Dubois, experiencia que los instó a superar expectativas y asumir el difícil desafío de recrear el macabro crimen del profesor Arancibia.
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