Modelos de interpretación sobre transferencia de tecnología
Los contratos de transferencia de tecnología
El contrato como reflejo de las relaciones económicas
Acuerdos y contratos previos a la existencia de una tecnología
Contrato de investigación
Tipología de contratos para la transferencia de tecnologías
Contrato de Joint Venture
Contratos de franquicia
Contrato de ingeniería
Segunda parte. Explotación de tecnologías a través del contrato de licencia
Generalidades del contrato de licencia
Concepto, características y naturaleza del contrato de licencia
Aspectos para determinar el objeto del contrato de licencia
La autonomía de la voluntad de las partes en el contrato de licencia
El caso de la licencia obligatoria
Actos de explotación sobre patentes y modelos de utilidad
Fabricación
Ofrecimiento y venta
Importación
Actos de explotación de una patente de procedimiento
La exclusividad en el contrato de licencia sobre patentes
Otras anotaciones sobre la exclusividad en los contratos de licencia
Formalidades del contrato de licencia
Transmisión por escrito
Registro de contratos de transferencia de tecnología
Las partes en el contrato de licencia, sus obligaciones y garantías
Obligaciones y garantías del licenciante
Obligación de conservar vigente el título de patente
Obligación de dar una determinada cosa y sus accesorios
Obligación de asistencia técnica
Garantía sobre la legitimidad de la titularidad de la patente
Garantía del uso y goce pacífico de la tecnología
Obligaciones y garantías del licenciatario
Obligación de explotación
Obligación de uso según lo convenido y condiciones de calidad
Obligación de pago
Obligación de no usar o explotar tecnologías competidoras
Obligación de adquirir licencias ligadas u otros bienes enlazados
Obligación de aceptar auditoría técnica
Obligación de aceptar auditoría contable
Cláusulas relacionadas con la política de subcontratación
Obligación de no explotar tecnología propia
Cláusulas de interés común de las partes
Cláusulas sobre el control del desarrollo de mejoras
Obligación de retrocesión
Cláusulas de confidencialidad
Cláusulas de cooperación y denuncia de infracciones
Terminación del contrato de licencia
Causales de terminación del contrato de licencia
Por mutuo acuerdo entre las partes
Por cumplimiento de la duración del contrato
Por la extinción del derecho sobre la patente
Por la utilización de los derechos licenciados más allá de la licencia
Por la oposición a la validez de los derechos licenciadas
Por la declaración de nulidad de la patente
Por el no cumplimiento pago de regalías
Por incumplimiento de las obligaciones
Obligaciones debidas tras la extinción del contrato
Registro de contratos de transferencia de tecnología
Legislación sobre el registro de contratos de transferencia
Normatividad de la Comunidad Andina de Naciones
Normatividad colombiana
Trámite del registro de los contratos de importación de tecnología en Colombia
Conclusiones
Bibliografía
Sobre la autora
Siglas
ADPIC
Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio
CIP
Clasificación Internacional de Patentes
CNCyT
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
CONPES
Consejo Nacional de Política Económica y Social
DNP
Departamento Nacional de Planeación
NMF
Nación más Favorecida
OEP
Oficina Española de Patentes y Marcas
OCyT
Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
OMC
Organización Mundial del Comercio
OMPI
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
OTL
Oficina de Licencias Tecnológicas
OTT
Oficina de Transferencia de Tecnologías
OTRI
Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación
PCT
Tratado de Cooperación en Materia de Patentes
PI
Propiedad Intelectual
TCBs
Tratados Comerciales Bilaterales
TCP
Tratado de Cooperación en Materia de Patentes
TODA
Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor
UNCTAD
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo
Introducción
En Recreando un sistema justo de propiedad intelectual para el siglo XXI, Vaver (2011) expresa cómo en pocas décadas “la propiedad intelectual tiene una demanda mucho mayor, lo que la lleva a ser considerada una cuestión universal que efectivamente enfrentan todas las sociedades” (p. 5). Entender su naturaleza implica superar el imaginario de su construcción autocontenida en el derecho, pues, al igual que otras disciplinas, apoyar la creatividad, potencializar el talento y lograr un mejor posicionamiento de las creaciones intelectuales en el mercado son sus principales temas. Por ello, la interdisciplinariedad le es propia, el diálogo con otras ciencias es cada vez más urgente, a fin de sumar esfuerzos que conduzcan a los países hacia escenarios de progreso con base en ella.
Esta forma de protección encuentra sentido desde que la industrialización revolucionó el mundo. Lograr que los países, especialmente los del hemisferio sur, revolucionen sus oportunidades de progreso con base en el talento significa incursionar con mayor decisión, estrategia e inversión en la industria del conocimiento. Este es un reto que implica el desarrollo de políticas públicas y la presencia de una sociedad que aporte de manera activa desde diversos frentes. De hecho, en los procesos relacionados con la creación, difusión, valoración y comercialización de bienes intangibles, autores, inventores, diseñadores, grupos de investigación universitarios, un sinnúmero de instituciones públicas y privadas y la sociedad civil organizada cotidianamente se enfrentan a la toma de decisiones que pueden favorecer o no una gestión eficiente para la creación de mercados estables y competitivos en un mundo globalizado.
Piénsese, por ejemplo, en un grupo de investigadores que identifica un problema en un determinado sector de la industria y tiene la intención de formular un proyecto para darle solución: en la gestación de la idea, durante el proceso de investigación y hasta en el ofrecimiento de un bien a los interesados en utilizarlo puede presentarse un abanico de posibilidades para la toma de decisiones. En ellas está latente el germen de la interdisciplinariedad y el carácter disruptivo de la sociedad red en la que vivimos, y esto se refleja en la superación de fronteras de diferente tipo. La frontera relacional es la principal, trascenderla facilita el aporte colaborativo y el diálogo entre disciplinas para el desarrollo de proyectos pertinentes. En la frontera institucional los agentes de diferentes sectores (universidad, empresa, Estado y sociedad) entienden su rol y complementariedad, y unen esfuerzos en una visión estratégica para lograr resultados con impacto social, económico, cultural, etc. En cuanto a la frontera económica, hoy no solo se cuenta con los recursos de instituciones tradicionales (nacionales o internacionales) para la financiación de proyectos, sino que aparecen en escena las plataformas crowdfunding (o de micromecenazgo) como oportunidad para recolectar el dinero suficiente mediante los aportes de un número ilimitado de personas. También existe una frontera comercial, pues el mundo se abre a la posibilidad del comercio electrónico, un espacio que acerca a productores y consumidores de cualquier parte del mundo. Finalmente se tiene la frontera jurídica, donde la tradición del derecho positivo (Civil Law) —de la cual somos herederos los países de América Latina— encuentra que las formas propias del derecho consuetudinario (Common Law) o anglosajón son las más usadas en los negocios internacionales.
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