Compartiendo aquellas premisas es que este trabajo sostiene que la Empresa debe ser definida y regulada internamente, precisamente, por el Derecho Comercial.
Y para ello la propuesta del presente trabajo es que el Derecho Comercial necesariamente, y comprendiendo la propia naturaleza de la Empresa, y dentro de ella reconociendo cuales son todos sus elementos internos y externos que la hacen posible, debe definirla y regular la relación entre sus componentes esenciales y, al igual que lo hace en materia de la Sociedad en la cual el Derecho dispone en cuanto a todos los socios que son los sujetos que la constituyen, que la sociedad lo es para «repartirse entre sílos beneficios que de ella provengan», 158en materia de la Empresa, debe aplicarse igual principio, de forma que de igual manera a los sujetos de esta que la constituyen en cuanto elementos propios, les corresponde también « repartirse entre sílos beneficios que de ella provengan», previo al reparto que posteriormente les corresponderá a los socios en cuanto dueños o empresarios.
VII. BREVE ESQUEMA DE LOS ALCANCES DE LA EMPRESA Y RELACIONES JURÍDICAS EXISTENTES EN LA EMPRESA
1.La Empresa es una entidad generadora de: Desarrollo |
i. Indirectamente para: |
La sociedad toda El ser humano El Estado |
ii. Directamente para: |
Los trabajadores Los proveedores La clientela (todos) El Empresario o dueño(s) |
2.La Empresa es generadora también de: |
Trabajo |
Productos y Servicios |
Ingresos para: |
i. Directamente: 1. Los trabajadores (y el Fisco) / remuneraciones e Impuestos 2. El Empresario o dueño (y el Fisco) / utilidades e Impuestos 3. El Fisco – impuestos |
ii. Indirectamente: 1. Los proveedores / Precios e Impuestos 2. Terceros – prestadores de servicios / precios, honorarios, e Impuestos |
Para muchos en la Empresa existen y confluyen dos clases de relaciones jurídicas, esto es, entre los propietarios y los trabajadores. La relación entre ambos, en cuanto al trabajo y los derechos del trabajador, toca al Derecho Laboral.
Sin embargo, en cuanto al nuevo concepto de Empresa que se propone en este trabajo, hay que considerar al respecto dos cuestiones diferentes. Desde este nuevo prisma debe considerarse además de a los propietarios, también al empresario. Y además de a los trabajadores, debe considerarse también al trabajo ajeno. Las relaciones entre el propietario, la Empresa y los trabajadores, deben seguir rigiéndose, sin duda, por el Derecho Laboral. Pero, a su vez, las relaciones en la Empresa entre el empresario y el trabajo ajeno, ambos en cuanto elementos esenciales de la Empresa, además de las relaciones entre ellos y los proveedores y la clientela, también en cuanto elementos de aquella, deben regirse y regularse por el Derecho Comercial, dado que la Empresa mercantil, es precisamente una entidad que actúa en actividades propias de tal actividad económica.
Son sujetos del Derecho Mercantil las personas naturales y jurídicas que tiene la calidad de empresarios mercantiles. Pero también son sujetos del Derecho Mercantil quienes realizan accidentalmente actividades que la ley reputa mercantiles.
Qué duda cabe que el comerciante es sujeto del Derecho Comercial. También no cabe duda que lo es el empresario, en cuanto gestor de la Empresa. La Empresa, en cuanto ella no es persona jurídica, no es sujeto del Derecho, pero sí es objeto que debe ser de interés y ocupación del Derecho Comercial, y más aún, en cuanto entidad, sin personalidad jurídica, pero con autonomía propia, por lo que, en cuanto entidad de hecho, la Empresa y todos sus elementos deben ser regidos por el Derecho Mercantil. Y en el hecho la Empresa así, en general, lo es. Basta referir nuevamente los numerales del artículo 3° del Código de Comercio chileno, ya citados.
Por tanto, las relaciones propias internas entre los elementos de la entidad Empresa, sin perjuicio de las otras relaciones que haya entre ellos, por ejemplo la laboral, la de los consumidores, la de la competencia, que haya también entre algunos de sus elementos, deben aquellas ser reguladas, en cuanto tales, por el Derecho Comercial.
VIII. EFECTOS DE LA EMPRESA
– Sin la Empresa no habría nada de ello.
– Sin la Empresa no habría no habría ni siquiera Estado. Al menos un Estado no totalitario.
Por tanto, la Empresa es una entidad que el hombre, la sociedad toda y el Estado deben cuidar, proteger, desarrollar, promover, y por ello el Derecho, en especial su rama mercantil, debe regular, no solo en sus relaciones con terceros, sino también debe regular las relaciones internas de todos sus elementos propios y esenciales a ella.
La Empresa es una entidad de Derecho Natural, y por tanto las legislaciones deben darle reconocimiento legal y proteger su desarrollo, conforme a su propia naturaleza.
IX. LA EMPRESA Y EL EMPRESARIO
La Empresa no es un simple conglomerado de sus elementos, sino es una actividad económica, y en general mercantil, que organiza todos sus elementos para el logro de sus fines, cuales son obtener el desarrollo de su o sus giros para así intervenir en el mercado de bienes y servicios, con la finalidad de perseguir utilidades, beneficios y un incremento patrimonial y de la propia Empresa.
Es precisamente el empresario quien organiza la Empresa. Quien la hace posible. Quien aventura y arriesga. Pero el empresario no es el único sujeto en la Empresa.
Así como en la Sociedad son los socios los únicos sujetos que la hacen posible en cuanto entidad jurídica que ella es, en la Empresa para que ella sea posible deben concurrir todos sus elementos esenciales, los cuales son los sujetos internos de la Empresa.
Para quienes estiman que el empresario es el único que en ella arriesga, es entonces el único al que corresponden y pertenecen las utilidades, beneficios e incrementos, en directa correlación a su correspondencia de riesgos en las pérdidas.
Ello es sin duda en parte cierto. Pero no lo es en forma absoluta. Respetando lo que tiene de cierto, lo cual no parece necesario destacar, debemos analizar lo que no es absoluto en ello.
No solo arriesga el empresario, si bien es cierto que es el que en general más arriesga. Pero también arriesgan en la Empresa, desde luego los proveedores que entregan sus mercaderías, bienes, productos y servicios por precios, muchas veces muy bajos, y que son en general pagados a plazo, y en general sin interés alguno, en definitiva ellos no solo arriesgan, sino que hacen posible el éxito de la Empresa, y además la financian, de tal modo, en parte su desarrollo. Por su parte, los trabajadores muchas veces arriesgan posibilidades de otros trabajos, de lograr o no incrementos salariales, según los resultados de la propia Empresa. La clientela, a su turno, si bien pareciera ser que es la que menos arriesga, no deja de hacerlo del todo, dado que ella que es el conjunto de personas que habitualmente recurren a una misma Empresa o establecimiento comercial de ella, no dejan de arriesgar en cuanto a precio, calidad, oportunidad u otras, por el solo hecho de no buscar las satisfacciones de sus necesidades en empresas de la competencia, al sentirse satisfechas en aquella, y muchas veces, sin siquiera comparar. De tal modo precisamente se forma la clientela, en cuanto ella es precisamente la suma de clientes cautivos.
La Empresa no es solo la organización del empresario, ni lo es solo la actividad profesional suya. Es mucho más que ello, dado que la sola organización no genera la Empresa. Ella es el resultado de la conjunción del desarrollo de las actividades, debidamente organizadas de todos los elementos que la componen.
En definitiva lo que genera definitivamente la Empresa es la conjunción o el resultado de dicha organización o actividad profesional, resultado en la que se conjugan necesariamente todos los elementos esenciales de la Empresa, ya mencionados, los cuales, sólo en conjunto la hacen posible.
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