TEORÍAS
NEOCONSTITUCIONALISTAS
Un análisis de los constitucionalismos
garantista, principialista e incorporacionista
desde de la cultura constitucionl mexicana
Omar Vázquez Sánchez
TEORÍAS
NEOCONSTITUCIONALISTAS
Un análisis de los constitucionalismos
garantista, principalista e incorporacionista
desde la cultura constitucional mexicana
Prólogo de José Juan Moreso
Palestra Editores
Lima — 2020
TEORÍAS NEOCONSTITUCIONALISTAS
Un análisis de los constitucionalismos garantistas,
principialista e incorporacionista desde
la cultura constitucional mexicana
Omar Vázquez Sánchez
Primera edición Digital, agosto 2020
© Copyright: Omar Vázquez Sánchez
© Copyright 2020: Palestra Editores S.A.C.
Plaza de la Bandera 125 - Lima 21 - Perú
Telf. (+511) 6378902 - 6378903
palestra@palestraeditores.com / www.palestraeditores.com
Diagramación y Digitalización:
Gabriela Zabarburú Gamarra
ISBN Digital: 978-612-325-135-2
Para Ximena,
por darle sentido a todo,
y porque espero dedicarte muchos más.
Contenido
NOTA DE AGRADECIMIENTOS Nota de agradecimientos
PRÓLOGO Prólogo Cos’è il neocostituzionalismo? José Juan Moreso1 There are rule violations that count as fair, and unfair strategies that don’t break the rules. Papineau (2017, p. 63). 1 Catedrático de Filosofía del Derecho. Universidad Pompeu Fabra, Barcelona. E-mail: josejuan.moreso@upf.edu.
José Juan Moreso Prólogo Cos’è il neocostituzionalismo? José Juan Moreso1 There are rule violations that count as fair, and unfair strategies that don’t break the rules. Papineau (2017, p. 63). 1 Catedrático de Filosofía del Derecho. Universidad Pompeu Fabra, Barcelona. E-mail: josejuan.moreso@upf.edu.
INTRODUCCIÓN Introducción
Capítulo 1 Capítulo 1 La constitucionalización del Derecho: el caso mexicano
LA CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO: EL CASO MEXICANO Capítulo 1 La constitucionalización del Derecho: el caso mexicano
I. Introducción
II. El paradigma constitucionalista: la constitucionalización y el neoconstitucionalismo
2.1. La constitucionalización del Derecho
2.2. La constitucionalización del ordenamiento jurídico mexicano
Capítulo 2
DEL NEOCONSTITUCIONALISMO A LOS NEOCONSTITUCIONALISMOS, Y VICEVERSA
I. Introducción. Neoconstitucionalismo: un concepto vago y ambiguo, pero muy exitoso
II. Del singular al plural: del “neoconstitucionalismo” a los “neoconstitucionalismos”
2.1. Una forma de Estado
2.2. Una cultura jurídica
2.3. Una metodología jurídica
2.4. Una ideológica jurídica
2.5. Una teoría del Derecho
III. Del plural al (posible) singular: de los “neoconstitucionalismos” al “neoconstitucionalismo”
Capítulo 3
TRES ACTITUDES, CINCO AUTORES Y UN BALANCE DEL PARADIGMA CONSTITUCIONALISTA
I. Introducción
II. Tres actitudes y cinco autores frente al neoconstitucionalismo
2.1. Discursos neoconstitucionalistas y discursos constitucionalistas frente a frente: la mirada externa de Ma. Ángeles Ahumada
2.2. Tres formas de escepticismo frente al neoconstitucionalismo: Ferrajoli, Ratti y Barberis
2.3. Alfonso García Figueroa: la apuesta optimista por el neoconstitucionalismo
III. Un balance del paradigma constitucionalista: ¿son las teorías neoconstitucionalistas teorías jurídicas exitosas?
Capítulo 4
LAS TEORÍAS NEOCONSTITUCIONALISTAS
AND THE FOURTH ISSUE
I. Introducción
II. Teorías del derecho
2.1. El problema terminológico
2.2. La(s) teoría(s) del Derecho
2.3. Propósitos en la teoría del Derecho
2.4. Metodología de la teoría del Derecho
2.5. La teoría del Derecho y sus criterios de éxito
III. Teorías neoconstitucionalistas: un análisis metateórico
3.1. Un objeto de estudio común: el Estado constitucional
3.2. Tres objetivos o propósitos comunes de las teorías neoconstitucionalistas
3.3. La cuestión metodológica. Entre la metodología descriptiva y avalorativa y la metodología normativa y valorativa
3.4. Los criterios de éxito. Entre la capacidad explicativa y las consecuencias
3.5. El constitucionalismo incorporacionista. Entre el constitucionalismo garantista y el constitucionalismo principialista
Bibliografía
Nota de
agradecimientos
Este libro es, con algunas modificaciones, mi tesis doctoral presentada, en noviembre de 2017, en la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona. Fue evaluada por los profesores Luigi Ferrajoli, Susanna Pozzolo y Juan Ruiz Manero. Estoy muy agradecido con ellos por su atenta lectura y, sobre todo, por sus observaciones, las cuales han sido fundamentales para mejorar esta obra.
Del mismo modo, quiero agradecer a José Juan Moreso, mi director de tesis —y ahora prologuista— por su ayuda durante la elaboración de esta investigación. Ha sido todo un privilegio tener a José Juan como mentor académico; sus reflexiones sin duda son claves en este trabajo. Pero sobre todo agradezco su amistad: en todo momento, su dedicación, paciencia y ánimo fueron fundamentales para iniciar y concluir con éxito esta obra. En definitiva, le agradezco su respaldo intelectual y su apoyo incondicional.
Así mismo, quiero agradecer a los miembros del grupo de filosofía del Derecho de la Universidad Pompeu Fabra. Es para mí un privilegio y motivo de orgullo el haberme formado académicamente dentro de un grupo de investigación tan prestigioso como el de la Pompeu. Estoy especialmente agradecido con Marisa Iglesias, Lorena Ramírez y Alberto Carrio por mostrar siempre una gran disponibilidad para conocer mis ideas.
Durante mis estudios doctorales, tuve la oportunidad de realizar dos estancias de investigación. La primera fue en la Universidad de Cambridge; el profesor Matthew Kramer posibilitó no solo mi estancia en una de las mejores universidades del mundo, también gracias a su hospitalidad pude conocer algunos aspectos de la vida universitaria del Churchill College. La segunda estancia fue en Canadá, en la Universidad McMaster, bajo la supervisión del profesor Wil Waluchow; estaré siempre agradecido con Wil por su generosidad y apoyo durante mi estancia en Hamilton. Ambas estancias fueron muy provechosas tanto en lo intelectual como en lo personal. En este sentido, también quiero agradecer a Matt Grellette y, especialmente, a Jorge Fabra, por contribuir a que mi estancia en McMaster haya sido tan buena.
En la etapa de mi formación doctoral, conocí a personas extraordinarias a quienes les agradezco su amistad; por esto, mi gratitud para Felipe Rey, Indira Latorre, Ezequiel Páez, Sebastián Agüero, Jesús Becerra, Juan Carlos Covilla, Douglas Zaidan, Darian Heim y Saúl Zamarripa; una mención especial es para Marcos Andrade, Ana María Henao, Laura Pinta, Claudia Patricia Alvarado, Jorge Roa, Bolivar Portugal y Gustavo Zavala por hacer del doctorado y de Barcelona un tiempo y un lugar de recuerdos para toda la vida. Estoy también en deuda con Alejandro González-Piña y Fernando Simón Yarza por conversar mis ideas; un reconocimiento especial es para Juan Igartua por prestarme su ayuda cuando iniciaba este proyecto formativo.
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