25No obstante, el último intento de nombrar a un Primer Ministro discretamente por el Monarca fue obra del Rey Guillermo IV. Este deseaba como Primer Ministro al conservador Robert Peel (1834) en lugar del liberal Lord Melbourne, pero fracasó en su intento, ya que la Cámara de los Comunes que surgió de las elecciones siguientes derribó a Sir Robert Peel así que hubo que nombrar al Vizconde Melbourne (1835); véase LOWENSTEIN, Karl: “La Investidura del Primer Ministro británico” en Revista de Estudios Políticos, N° 151, 1967, pág. 43.
26Traducción de la frase inglesa The king can do not wrong.
27Véase PEREIRA MENAUT: El ejemplo constitucional..., pág. 120. En Francia, el principio constitucional inglés de que “el Rey no puede hacer nada malo”, fue fundamento del refrendo ministerial, institución que apareció en la Constitución francesa de 1791. Una disposición que se ha extendido en los parlamentarismos europeos y que también se encuentra en algunos presidencialismos iberoamericanos, como por ejemplo en el Perú.
28Véase PEREIRA MENAUT: El ejemplo constitucional..., pág. ٢٠٠.
29Véase JENNINGS, Ivor: El Régimen Político de Gran Bretaña, Tecnos, Madrid, 1962, pág. 168.
30Véase MARSHALL: Constitutional..., págs. 48-51; véase además BAR CENDÓN, Antonio: La disolución de las cámaras legislativas en el ordenamiento constitucional español, Congreso de los Diputados, Madrid, 1989, págs. 91-92.
31En ese sentido, Flores Juberías nos dice que si bien “...el parlamentarismo es un sistema político capaz de adoptar formas infinitas, se trataría simplemente de escoger aquel modelo de relación ejecutivo-parlamento que más se adaptase a las necesidades del momento, modelo que podría ir desde el absoluto predominio de una asamblea hiperactiva y perfectamente estructurada y diversificada, hasta una clara preponderancia de un gabinete consolidado sobre una mayoría absoluta y monocolor, pasando naturalmente por el equilibrio entre ambos cuerpos en base a la racionalización de sus respectivos medios de acción. Así, la última ventaja del modelo parlamentario sobre el presidencialista vendría a ser su misma capacidad para adaptar sus estructuras a las necesidades de cada momento”; cfr. FLORES JUBERÍAS, Carlos: “Parlamentarismo y Presidencialismo en las nuevas constituciones de la Europa Oriental” en Revista de las Cortes Generales, N° 35, 1995, pág. 258.
32Sobre esta denominación Loewenstein nos dice que “hasta casi la primera guerra mundial esto debió de corresponder a la realidad constitucional. Pero desde entonces se ha trasladado de esta manera el centro del proceso político al primer ministro, que se puede hablar con mayor derecho de una forma de gobierno ‹‹primo ministerial››...”; cfr. LOEWENSTEIN: “La investidura...”, pág. 39.
33Véase PEREIRA MENAUT: Lecciones de Teoría..., pág. ٢٢٤.
34Como mencionamos líneas atrás, Robert Walpole (1721-1742) es el primero de los ministros del Reino Unido. Sin embargo, no quiso hacer uso de ese título porque tenía fama de ser sumiso ante el Monarca. El Jefe de Gobierno que llevó por primera vez el título de Primer Ministro inglés fue William Pitt (1783-1801); véase LOEWENSTEIN: “La investidura...”, pág. 42.
35Una tradición que podemos observar gracias a una escena de la película “The Queen” Stephen Frears (director), Helen Mirren (protagonista), Drama, 2006.
36Véase LOEWENSTEIN: “La investidura...”, pág. 42.
37Véase MOLAS, Isidre: “La oposición en el parlamentarismo mayoritario” en Revista del Centro de Estudios Constitucionales, N° 2, 1989, pág. 58.
38Véase JENNINGS: El Régimen Político..., págs. 120-121.
39Sin embargo, los analistas sostienen que “dicho modelo funciona mal en cuanto a proporcionar representación a las minorías: un simpatizante del nacionalismo escocés o de los verdes tiene poca esperanza de que se elija a los candidatos de su partido preferido y mucho menos de ver que su partido desempeñe alguna función como legislador, en caso de que logre ocupar algunos escaños. El problema de la exclusión de grupos minoritarios políticos, étnicos o religiosos, que acaban hostilizando al régimen democrático, es una de las razones de que varios de los sistemas al estilo Westminster en el Tercer Mundo (por ejemplo, Nigeria, Pakistán, Sri Lanka) hayan fallado”; cfr. MAINWARING, Scott; SHUGART, Matthew: “Presidencialismo y Democracia” en Foro Internacional, volumen XXXIII, 1993, pág. 667.
40Véase KIRCHHEIMER, Otto: “El declive de la oposición” en Debats, N° 23, 1988, págs. 107-115.
41A pesar de que la Reina Ana fue reconocida, el conflicto acerca de su sucesión dividió a los tories hasta la derrota de Carlos Eduardo Estuardo en Culloden en el año 1746; véase JENNINGS: El Régimen Político..., pág. 83.
42Véase JENNINGS: El Régimen Político..., pág. 83.
43En ese sentido, Maurois en la biografía de Benjamín Disraeli nos relata qué idea tenía el futuro Primer Ministro inglés de aquellos dos partidos, “los tories fueron en la historia los partidarios de aquellos Estuardos tan caros al señor Isacc Disraeli. Éste había enseñado siempre a su hijo que los whigs no eran sino una oligarquía sublevada contra un Rey mártir. Por su parte, el joven Disraeli se negaba a entretenerse con el liberalismo de los whigs. Pensaba que la nueva ley electoral había sido cuidadosamente edificada para conducir a las urnas a toda una clase de mercaderes, industriales, gentes calculadoras y frías, natural sostén de los whigs contra los agricultores tories y no para escuchar la voz del verdadero pueblo. No eran de su agrado aquellas alianzas entre los grandes señores cínicos y los grandes ávidos”; cfr. MAUROIS, André: Disraeli, Espasa-Calpe, 1959, Buenos Aires, pág. 49.
44Véase JENNINGS: El Régimen Político..., pág. 87.
45Los viernes por la tarde es usual ver en Londres a más de un parlamentario tomar el tren con destino a sus respectivos distritos electorales.
46A diferencia del presidencialismo, donde la falta de disciplina podría ser benéfica para frenar al presidente, en el parlamentarismo es una aparente desventaja. Pero recordemos que se trata de otra forma de gobierno y que, por tanto, posee un ‹‹espíritu›› diferente.
47Sin embargo, en noviembre de 1955, nueve años después, el gobierno recurrió a la disolución cuyas condiciones finalmente se cumplieron; véase LAVAU, Georges: “Réflexions sur le Régime Politique de la France” en Revue Française de Science Politique, N° 4, 1962, págs. 827-829.
48No hay que olvidar que el proceso de democratización de Westminster fue lento y concluye el siglo XX.
49Véase LION, Monique: “Algunos aspectos del Constitucionalismo francés contemporáneo” en Boletín Mexicano de Derecho Comparado, N° 36, 1959, pág. 48.
50En ese sentido, la IV República mostró que el parlamentarismo por sí sólo no estimula la formación de partidos disciplinados, necesariamente, como también mostró los riesgos de partidos indisciplinados en el contexto de un país industrializado como Francia; véase MAINWARING; SHUGART: “Presidencialismo y...”, pág. 682.
51En ese sentido, Lions nos dice que la primera causa del debilitamiento del ejecutivo fue el desuso del derecho de disolución. El presidente Mac-Mahon lo utilizó por primera vez en 1877 frente a una cámara de mayoría republicana. En unas circunstancias que, desde entonces, el concepto de disolución quedó asimilado en la opinión francesa al de golpe de estado. Luego su práctica resultó proscrita, de manera tácita, de la técnica constitucional como medio antidemocrático por excelencia. En la práctica, la disolución no iba más allá del símbolo, pues, si esa institución seguía figurando en la Constitución francesa de 1875, no tuvo aplicación hasta el final de la Tercera República; véase LIONS: “Algunos aspectos...”, págs. 38-39.
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