Óscar Mejía Quintana - Problemática jurídica posdoctoral - Debates iusfilosóficos, iusteóricos y iusdogmáticos

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Problemática jurídica posdoctoral: Debates iusfilosóficos, iusteóricos y iusdogmáticos: краткое содержание, описание и аннотация

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El Curso Posdoctoral de Derecho-Cohorte Sesquicentenario Posdoctorado en Derecho (2017) de la Vicedecanatura de Investigación y Extensión de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia pone al alcance de todos los interesados, directos e indirectos, productos académicos inter, multi y transdisciplinarios del más alto nivel, derivados de un año de trabajo de reflexión científica libre y abierta en las aulas de la universidad con el objetivo de difundirlos en la sociedad en general y que eventualmente sean empleados también por diferentes estamentos en la solución de los diversos problemas que aquejan a nuestra sociedad. En particular, esta obra pretende contribuir a la generación de nuevos y mejores conocimientos transferibles a las complejidades de la construcción de una paz estable.

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Para el autor, el concepto de justicia política confronta el instrumentalismo decisionista de Schmitt, cuestionando las formas de acción legal según la forma de amigo-enemigo, que no hace más que reproducir las ideas del autoritarismo y el imperio del derecho entendido desde los expertos legales y el imperio de la burocracia. A contrario sensu, propone derrumbar esa visión unidimensional schmittiana y en su lugar plantear la multidimensionalidad democrática.

Tanto Neumann como Kirchheimer desarrollan así una razonable defensa de la excepción en el mundo contemporáneo. Su objetivo es mostrar cómo la acción del Estado mina la regla de derecho y contradice su espíritu utópico, y de ahí la necesidad de reconceptualizar el sueño liberal de la regulación estatal cuestionando el derecho racional y el optimismo constitucional. La razón de Estado irracional ha pervertido la esfera política, frente a lo cual el imperio de la ley ofrece apenas una protección relativa.

Habermas: sistema y mundo de la vida

Mundo de la vida y desacoplamiento sistémico

Habermas parte desde muy temprano de una diferenciación interesante y decisiva entre sistema y mundo de la vida. Sin duda recuperando el sentido de la teoría sistémica de Parsons 84, uno de sus grandes contradictores, pero también maestro, Habermas pretenderá fundamentar un concepto de crisis social introduciendo una diferenciación entre lo que denomina sistema y mundo de vida 85, como dos instancias distintas de una misma totalidad social cuyas contradicciones y conflictos determinan la tipología de las crisis que se presentan en el interior de la sociedad capitalista.

Según Habermas, las crisis surgen cuando entran en contradicción los sistemas sociales que componen el sistema sociedad, a saber, el subsistema económico, el político-administrativo y el sociocultural, este último compuesto por las formas y expresiones subculturales que conforman lo que se denomina mundo de vida. Se tiene, pues, que la crisis se expresa en la contradicción entre los sistemas económico y político-administrativo –cuyo objetivo es la funcionalidad del sistema y la integración sistémica– y el sistema sociocultural, cuya función es justificar normativamente las formas de vida y el sistema en general, para posibilitar la integración social, fundamentada en consensos obtenidos gracias a los procesos comunicativos vitales que se establecen sobre la institucionalidad donde se dan dichas formas de vida.

El diagnóstico habermasiano del análisis de ambas dimensiones apuntaba, ya desde entonces, y así lo enfatizaría más tarde 86, a mostrar que este conflicto se resolvía momentáneamente en un desacoplamiento entre sistema y mundo de vida, es decir, un desacoplamiento entre integración social e integración sistémica, propiciado por la división del trabajo, en lo cual la primera quedaba supeditada a la segunda a través de la consolidación de subsistemas sociales que no requerían directamente consensos normativos del mundo de la vida para garantizar su funcionalidad. Esto genera un cuadro de consecuencias de enorme significado para el desarrollo de las sociedades capitalistas o en transición estructural: una sustitución del lenguaje vital por medios objetivos de coordinación social (dinero, poder, por ejemplo); un aumento del control técnico y organizativo sobre la sociedad; y, finalmente, un desequilibrio entre ambos niveles de integración de la sociedad, que deforma su proceso histórico de racionalización social.

La racionalización social puede reconstruirse históricamente en tres momentos diferentes: un primer momento en el que no hay diferencia entre sistema y mundo vida, lo que quiere decir que los componentes estructurales del sistema social, a saber, sociedad, cultura y personalidad, se encuentran adheridos entre sí. En este momento se está ante la sociedad tradicional, en la que los procesos funcionales se comprenden en el marco de la institucionalidad. Un segundo momento, generado gracias a la racionalización capitalista, en el cual los componentes estructurantes de la integración social se separan, planteando un desafío para la coordinación de la acción entre los hombres, que se intenta solucionar a través de esfuerzos comunicativos para garantizar la funcionalidad social. Ahí se configura la sociedad tradicional en transición estructural. El tercer momento, que es consecuencia del afianzamiento del proceso llevado a cabo en el momento anterior, se concreta en la separación total entre sistema y mundo de la vida, quedando el segundo subordinado al primero, esto es, anteponiéndose la integración sistémica a la social. Esto tiene como consecuencia que el mundo de la vida queda gobernado por mecanismos tecnocráticos institucionales e impersonales que remplazan la acción comunicativa intersubjetiva para la articulación sistémica. En este momento se consagra la sociedad capitalista y/o poscapitalista.

El proceso culmina, así, con una sociedad diferenciada, en la cual las patologías sociales son consecuencia del remplazo de las mediaciones intersubjetivas por los procedimientos de juridización, que anclan la integración social a una serie de procesos automatizados que favorecen su integración sistémica.

Colonización del mundo de la vida

La tesis central de Habermas es que, en la sociedad capitalista moderna, el derecho se convierte en un instrumento organizador que pretende que los subsistemas económico y político-administrativo superen el sociocultural y colonicen el mundo de la vida para su integración funcional al sistema. Habermas retoma el hilo de esta problemática 87una vez que ha mostrado el desarrollo sistémico que sufre el capitalismo avanzado y del cual el estructuralismo funcional de Talcott Parsons y, posteriormente, el funcionalismo estructural de Niklas Luhmann 88son expresiones teóricas de significativa relevancia para su adecuada comprensión 89. En efecto, la hipótesis global se resume en que el desacoplamiento del mundo de la vida de los otros subsistemas provoca perturbaciones en la reproducción simbólica del mundo de la vida, lo cual se manifiesta en los fenómenos de frialdad y deshumanización, entre otros, que la sociedad percibe como patologías insalvables del proceso de modernización 90.

Habermas reinterpreta el análisis weberiano y sistémico tanto de Parsons como de Luhmann y analiza el fenómeno de la burocratización y sus consecuencias de pérdida de sentido y de libertad, desde la perspectiva marxista-lukácsiana de la colonización del mundo de la vida, cosificación (o colonización) que se ejerce en las sociedades modernas a través del remplazo de las formas e instituciones sociales tradicionales por la propiedad privada y el dominio legal consagrado en el derecho positivo. La realidad objetivizada se apodera de los contextos comunicativos del mundo de la vida, y el derecho sustituye paulatinamente a la ética como marco normativo de la acción social.

Una serie de patologías se desprenden de este proceso, las cuales no deben confundirse con el proceso mismo de burocratización. En primer lugar, la integración social confunde las esferas pública y privada y el intercambio entre sistema y mundo de la vida que se mueve entre el sujeto-consumidor y sujeto-ciudadano, y que funciona dentro de las dinámicas del subsistema sociocultural y los subsistemas económico y político-administrativo. En segundo lugar, frente al espacio de la opinión pública, el individuo pierde capacidad para darle orientación unitaria a su vida, siendo que suple los elementos morales por imperativos sistémicos. Es decir que cuestiona, según las categorías de Luhmann 91, la procesualidad sistémica sobre la que se autolegitima el sistema como tal.

Esto evidencia, en tercer lugar, la forma en que el proceso de burocratización deriva, en el capitalismo avanzado, en una cosificación sistémicamente inducida que enfrenta la dinámica evolutiva (mundo de la vida) con la lógica evolutiva (sistema) de la integración social. Es en este contexto donde adquiere pleno sentido la tesis de Marx y Lukács sobre la reificación de los ámbitos de acción socialmente integrados, en términos de la colonización interna, que el sistema, a través del derecho, ejerce sobre el mundo de la vida 92. Esta colonización reduce las relaciones de intercambio entre sistema y ser humano a relaciones subrepticias donde las necesidades humanas se limitan a la legitimidad autorreferente del sistema, imposibilitando el cambio en las dinámicas de este y la autorrealización verdadera.

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