Varios autores - Cuadernos jurídicos del Instituto de Derecho de Autor

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Esta obra colectiva, conmemorativa del 15º aniversario del Instituto de Derecho de Autor, se compone de treintaiún artículos breves, estructurados en cinco bloques, por territorios, en los que se analiza la regulación y aplicación de los derechos de propiedad intelectual en el ámbito de varias regiones del mundo, escritos por profesionales y expertos de reconocido prestigio internacional.

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A este respecto, debe recordarse, en primer lugar, que de reiterada jurisprudencia del Tribunal de Justicia se desprende que, sin perjuicio de las excepciones y limitaciones establecidas en el artículo 5 de la Directiva 2001/29, todo acto de reproducción o de comunicación al público de una obra por parte de un tercero exige el consentimiento previo de su autor y que el artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29 confiere a los autores un derecho de carácter preventivo que les permite interponerse entre eventuales usuarios de su obra y la comunicación al público que estos usuarios quizás desearan realizar, con el fin de prohibirla (apartado 29).

El artículo 3, apartado 3, de la Directiva 2001/29 establece expresamente que ningún acto de comunicación al público o de puesta a disposición del público con arreglo a esta disposición podrá dar lugar al agotamiento del derecho de comunicación al público a que se refiere el artículo 3, apartado 1, de esta Directiva (apartado 32).

Pues bien, considerar que la puesta en línea en un sitio de Internet de una obra previamente comunicada en otro sitio de Internet con la autorización del titular de los derechos de autor no constituye una puesta a disposición de dicha obra a un público nuevo equivaldría a establecer una regla de agotamiento del derecho de comunicación (apartado 33).

Habida cuenta de estas consideraciones, procede considerar […] que la puesta en línea de una obra protegida por el derecho de autor en un sitio de Internet distinto de aquel en el que se efectuó la comunicación inicial con la autorización del titular de los derechos de autor debe calificarse, en circunstancias como las controvertidas en el litigio principal, de puesta a disposición de esa obra a un público nuevo (apartado 35).

¡Muchas gracias a su señoría Marko Ilešič! ¡Enhorabuena al Tribunal por la sentencia Córdoba! ¡Adiós a la teoría del «público nuevo»! (?).

1Caso C-306/05; ECLI (EU) 62005CJ0306 (en lo sucesivo, SGAE).

2Caso C-161/17; ECLI (EU) 62017CJ0161 (en lo sucesivo, Córdoba).

3Director del Centro de Estudios Políticos Europeos.

4Véase Roman Herzog y Lüder Gerken: «Stop the European Court of Justice», publicado en https://euobserver.com/opinion/26714(traducción propia; el texto original en inglés es lo siguiente: “The cases described show that the ECJ deliberately and systematically ignores fundamental principles of Western interpretation of law, that its decisions are based on sloppy argumentation, that it ignores the will of the legislator, or even turns it into its opposite, and invents legal principles serving as grounds for later judgements. They show that the ECJ undermines the competences of the member states even in the core fields of national powers”).

5En concreto, la Secretaría del Tribunal, que debería haber realizado un mínimo trabajo de documentación, como por lo menos ponerse en contacto con la OMPI para confirmar si el volumen que habían desempolvado representaba realmente la postura de la organización (algo que no ocurría en absoluto).

6Guía sobre los Tratados de Derecho de Autor y Derechos Conexos Administrados por la OMPI, publicación de la OMPI n.º 891 (S), 2003 (en lo sucesivo: Nueva Guía y Glosario de la OMPI).

7Guía del Convenio de Berna, publicación de la OMPI n.º 615 (S), 1978 (en lo sucesivo: Antigua Guía de la OPMI).

8Ibid., pp. 3-4.

9«Documents de la Conférence de Bruxelles», publicado por BIRPI, 1951, p. 270 (traducción propia).

10Ibid., p. 266 (traducción propia).

11Ibid., pp. 290-291.

12Nueva Guía y Glosario de la OMPI, pp. 77-78.

13Esta actitud no habría reducido la credibilidad del Tribunal; más bien el contrario, a los ojos de muchos la habría reforzado, junto con su reputación. Desde luego, ese habría sido mi caso.

14Su CV está disponible en la página web del TJUE: «Nacido en 1950; doctor en Derecho por la Universidad Carlos de Praga (1975); profesor asociado (1974-1990); vicedecano (1989-1991) y jefe del Departamento de Derecho Internacional y de Derecho Europeo (1990-1992) de la Universidad Masaryk de Brno; juez del Tribunal Constitucional checoslovaco (1992); embajador ante el Consejo de Europa (1993-1998); presidente del comité de delegados de los ministros del Consejo de Europa (1995); director general en el Ministerio de Asuntos Exteriores (1998-2000); presidente de la rama checa y eslovaca de la Asociación de Derecho internacional (1999-2001); juez del Tribunal Constitucional (2000-2004); miembro del Consejo Legislativo (1998-2000); miembro de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya (desde 2000); profesor de Derecho Internacional Público de la Universidad Masaryk de Brno (2001); juez del Tribunal de Justicia desde el 11 de mayo de 2004 hasta el 6 de octubre de 2020» ( https://curia.europa.eu/jcms/jcms/rc4_170599/es/).

15Caso C-607/11, ECLI: (UE) C2013147.

16Caso C-466/12, ECLI (UE) C2014762.

17Caso C-348/13, ECLI (UE) C20142315.

18Caso-160/15, ECLI (UE) C2016644.

19Caso-301/15, ECLI (UE) C2016878.

20Caso C-135/10, ECLI (UE) C2012140.

21Caso C-117/15, ECLI (UE) C2016379.

22Su CV está disponible en la página web del TJUE: «Nacido en 1947; doctor en Derecho (Universidad de Liubliana); especialización en Derecho Comparado (Universidades de Estrasburgo y Coímbra); examen de judicatura; profesor de Derecho Civil, Mercantil e Internacional Privado; vicedecano (1995-2001) y decano (2001-2004) de la Facultad de Derecho de la Universidad de Liubliana; autor de numerosas publicaciones jurídicas; juez honorario y presidente de Sala del Tribunal Laboral de Liubliana (1975-1986); presidente del Tribunal Deportivo de Eslovenia (1978-1986); presidente de la Sala de Arbitraje de la Bolsa de Liubliana; árbitro de la Cámara de Comercio de Yugoslavia (hasta 1991) y de Eslovenia (desde 1991); árbitro de la Cámara Internacional de Comercio de París; juez del Tribunal de Apelación de la UEFA y de la FIFA; presidente de la Unión de Asociaciones de Juristas Eslovenos (1993-2005); miembro de la International Law Association, del Comité Marítimo Internacional y de varias otras asociaciones jurídicas internacionales; juez del Tribunal de Justicia desde el 11 de mayo de 2004» ( https://curia.europa.eu/jcms/jcms/rc4_170596/es/).

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