Disrupción tecnológica, transformación y sociedad

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La tercera edición de la colección «Así habla el Externado» examina el impacto que las tecnologías disruptivas y la transfor­mación digital están teniendo sobre el conjunto de la sociedad, bajo una lente humanista e interdisciplinar, propia de nuestra institución. La Cuarta Revolución Industrial (4RI), que ha permeado todos los campos de la actividad humana y la sociedad, ofrece la inmensa oportunidad de reducir las brechas de conocimiento e ingreso económico y generar progreso social y democrático, pero puede también tener el efecto contrario. El lector y la lectora encontrarán en estos cuatro tomos reflexiones valiosas, en sus 74escritos, para comprender en todo su alcance estas innovaciones y poder contribuir así a la construcción de realidades cada vez más incluyentes y participativas.
Este tomo III, titulado «Derecho, innovación y tecnología: fundamentos para una Lex Informático», tiene por objeto responder la siguiente pregunta: ¿de qué manera las nuevas tecnologías y la economía colaborativa están transformando el derecho, sus principios e instituciones? Para ello, el presente volumen estudia en detalle las promesas, retos y problemas jurídicos suscitados por la aplicación de la inteligencia artificial, el Big Data, el Blockchain y el loT en distintos ámbitos del derecho público y privado. Los diferentes capítulos presentan debates en torno a la forma en que dichas tecnologías vienen afectando profundamente al mundo del derecho, con el fin de construir un marco conceptual que no solo sirva de base para sostener una discusión académica sólidamente fundamentada sobre estos temas, sino también para despejar las dudas jurídicas que pueden existir con el fin de facilitar y acelerar el desarrollo e implementa­ción práctica de estas tecnologías, así como de contribuir a orientar la agenda académica sobre estos asuntos en América Latina.

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Así las cosas, la autora concluye resaltando la necesidad de que las administraciones tributarias incentiven a los ciudadanos a informar su correo electrónico en formularios dispuestos al efecto, como el RUT, para ser debidamente notificados. De igual forma, reitera la importancia de regular determinados aspectos de la notificación electrónica para evitar indebidas notificaciones.

PARTE III. A MANERA DE CONCLUSIÓN

La tecnología está revolucionando las relaciones sociales, económicas, políticas y legales, lo cual, a su vez, tiene el potencial de transformar la administración pública y la administración de justicia. A pesar de las promesas de la tecnología y su potencial disruptivo, hay varios obstáculos prácticos que deben ser resueltos a corto y mediano plazo para poder allanar el camino a la transformación digital del Estado colombiano.

Los algoritmos han desarrollado tal grado de sofisticación que tienen la capacidad de enfrentar competencias y procesos mediante el empleo de inteligencia artificial ( Panos, 2020). Si bien en el marco de la Cuarta Revolución Industrial este fenómeno de automatización puede parecer extraño, es un asunto propio del avance de la ciencia y la innovación, puesto que la sociedad exige un carácter colectivo de colaboración y la búsqueda de métodos cada vez más efectivos para procesar información ( Buckland, 2017: 14 y 15).

El profesor Lawrence Lessig enseña que el ciberespacio implicó asumir un tipo particular de conciencia que se mantiene viva y por tanto plantea la inoperancia del derecho en su forma tradicional. Sin embargo, la libertad que se expresa en el ciberespacio es solo una promesa, porque es susceptible de ser sujeto de control por gobiernos o entidades comerciales ( Lessig, 2006: 4).

Además, Lessig (2006: 6) plantea una preocupación legítima por el desarrollo de una arquitectura regulatoria eficiente, que promueva el crecimiento del ciberespacio, pero también respete los valores constitucionales que garantizan el ejercicio de la libertad. De allí que sugiera que lo que se debe regular no es la sociedad del ciberespacio sino el código en sí mismo, ya que es mediante este como se diseña, construye y codifica dicho entorno. Cabe precisar que lo que Lessig denomina code is law se refiere a que el derecho debe influenciar el código del ciberespacio para garantizar valores sustantivos y estructurales que protejan las libertades y la agencia humana (Lessig, 2006: 7).

Por su parte, el profesor Luciano Floridi (2010: 18) también plantea reflexiones en torno al crecimiento apresurado de la sociedad de la información, cuyo principal insumo resultan ser los datos, los cuales interactúan con sistemas de servicios y documentos codificados en cualquier medio, en lo que él denomina “infosfera”. De acuerdo con las investigaciones de la filosofía de la computación de Floridi (2010: 18 y 19), ya no existe diferencia entre el mundo análogo y el mundo digital; por el contrario, ambas realidades se están fusionando en una “inteligencia ambiental o ubicua” que termina en la digitalización de la sociedad, por lo que la “infosfera” está adsorbiendo la vida de las personas, así como la forma en que se comunican e interactúan entre sí.

Las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones imponen grandes retos técnicos y jurídicos. Los operadores jurídicos tienen el deber de entender cómo funcionan las tecnologías emergentes y sus servicios asociados, en particular, en lo relativo al rol y responsabilidades de los proveedores de los servicios y los usuarios, los términos y condiciones de uso, las políticas de contenido y la manera en que dichas reglas son implementadas por los proveedores de los servicios.

Esta no es la primera vez que la humanidad enfrenta el reto de regular un asunto complejo dentro de un ambiente de incertidumbre, pues ello ha ocurrido con cada una de las revoluciones industriales que han dado lugar a transformaciones regulatorias en distintos ámbitos. El objeto del presente tomo demuestra que la conversación apenas se inicia y esperamos que los artículos que lo componen contribuyan a orientar la agenda académica relacionada con estos temas en Colombia y América Latina.

Santiago de Cali, abril de 2021.

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