62Christopher Balmford, “Plain Language: Beyond a Movement. Repositioning Clear Communication in the Minds of Decision-makers” (Fourth Biennial Conference of the Plain Language Association International, Sydney, 2002) (traducción propia).
63Margaret Keck y Kathryn Sikkink, Activistas sin fronteras (México: Siglo XXI Editores, 2000), 18.
64Ibídem, 19.
65Ibídem, 23.
66Ibídem, 33.
67Ibídem, 267.
68Las diferencias entre lenguaje claro y lectura fácil, así como los proyectos que cada concepto implica configuran otro extenso objeto de estudio. Baste con señalar aquí que la lectura fácil es un método de adaptación de documentos e información compleja dirigido al conjunto de la ciudadanía, pero con un enfoque diferencial que no abarca siempre el lenguaje claro. La lectura fácil se dirige especialmente hacia colectivos en situación o riesgo de exclusión social: personas mayores, personas en situación de discapacidad intelectual, personas con baja cualificación o migrantes recientes con poco conocimiento del idioma, etc.
69Sobre este particular, se recomienda el trabajo de Claudia Poblete y Pablo Fuenzalida acerca del lenguaje claro en el ámbito judicial latinoamericano: Claudia Andrea Poblete y Pablo Fuenzalida González, “Una mirada al uso de lenguaje claro en el ámbito judicial latinoamericano”. Revista de Llengua i Dret 69, (2018): 119-138.
70Es el caso de la Política Nacional de Eficiencia Administrativa al Servicio Ciudadano en Colombia; el programa denominado Legislar mejor de la Unión Europea; las leyes de transparencia y acceso a la información pública en general o las estrategias de gobierno abierto y simplificación de trámites requeridas para ingresar a la OCDE.
71Departamento Nacional de Planeación de Colombia [DNP], Conpes 3785 de 2013 (Bogotá: DNP, 2013), 16.
72Jesús Aranda, “Lanza Fox programa de ‘lenguaje ciudadano sencillo’”, La Jornada, última modificación 6 de octubre de 2004, acceso 21 de octubre de 2020, https://www.jornada.com.mx/2004/10/06/016n2pol.php?printver=0&fly=2. Véase también: el Manual de lenguaje ciudadano de la Secretaría de la Función Pública de 2004.
73El informe de esta Comisión reconoce que las diversas encuestas sobre el estado de la Justicia que, desde el inicio de la democracia, se han realizado en España ponen de manifiesto que la ciudadanía confía en el rigor y calidad de los profesionales del derecho, pero que, al mismo tiempo, no los comprende o, en el mejor de los casos, los comprende con dificultad.
74Ministerio de Justicia de España, “Informe de la Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico de España” (informe, 2011), 3.
75El ciudadano tiene derecho a que las notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos contengan términos sencillos y comprensibles, evitándose el uso de elementos intimidatorios innecesarios. El ciudadano tiene derecho a que en las visitas y comparecencias se utilice un lenguaje que, respetando las exigencias técnicas necesarias, resulte comprensible. El ciudadano tiene derecho a que las sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de tal forma que sean comprensibles para sus destinatarios, empleando una sintaxis y estructura sencillas, sin perjuicio de su rigor técnico.
76Jesús García Calderón, “Una retórica para la igualdad”. Lenguaje jurídico y comunicación. Revista del Ministerio Fiscal, n.° 8 (2019): 56.
77Ángel Núñez Sánchez, “El derecho a comprender”. Lenguaje jurídico y comunicación. Revista del Ministerio Fiscal, n.° 8 (2019): 109.
78En México, Uruguay, Costa Rica y Perú existen otro tipo de iniciativas sobre lenguaje ciudadano, lenguaje llano, lenguaje fácil y lenguaje democrático que buscan objetivos similares.
79Seguimos haciendo uso de las terminologías ofrecidas por Keck y Sikkink.
80XVIII Cumbre Judicial Iberoamericana. Conclusiones de la Tercera Ronda de Talleres, 2015.
81En época de pandemias, como la generada por el coronavirus, parece justificarse la necesidad de que los ciudadanos puedan comprender la medida de los hechos y del riesgo, actuar con conocimiento de causa y formarse su propio juicio.
82Barbro Ehrenberg-Sundin, “The Swedish Approach to Clear Legislation and Clear Official Texts”, en Obscurity and Clarity in the Law. Prospects and Challenges, editado por Anne Wagner y Sophie Cacciaguidi-Fahy (Hampshire: Ashgate, 2008), 166.
83Heuman Sigurd, “För vem skriver domstolen sina domar?”, en Juridisk sprog i Norden. Rapport fra en nordisk konference om klarsprog (Reykjavík: 2011), 18 (traducción propia).
84Marius Rohde Johannessen, Lasse Berntzen y Ansgar Ødegård, “A Review of the Norwegian Plain Language Policy” (16th International Conference on Electronic Government (EGOV), St. Petersburg, 2017), 187 (traducción propia).
85El capítulo de Mónica Andrea Rosero Latorre, en este mismo libro, “El lenguaje claro como herramienta para la participación e inclusión social” ofrece algunas ideas desde una experiencia colombiana.
86El capítulo, en este libro, de la profesora Betsy Perafán propone las bases para la incorporación del lenguaje claro en la formación jurídica.
EL LENGUAJE CLARO COMO HERRAMIENTA PARA LA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN SOCIAL 1
Mónica Andrea Rosero Latorre
La claridad en el lenguaje tiene un sentido transformador en la sociedad. Facilita la comunicación entre personas, elimina las barreras que evitan la comprensión y contribuye a que los seres humanos puedan identificarse como iguales. Del mismo modo, permite la defensa y el reconocimiento autónomo de los derechos fundamentales, pues desliga el acceso a la justicia de las condiciones económicas y el nivel de educación, entre otros factores determinantes. Por lo mismo, el objetivo del presente capítulo consiste en analizar el rol del lenguaje claro como instrumento de inclusión social. Sostiene que el lenguaje claro constituye un mecanismo de inclusión social que equipara a las diversas poblaciones e incluso permite establecer entornos verdaderamente participativos.
Para cumplir con este propósito, en primer lugar, se expone una breve conceptualización con respecto al término lenguaje claro y su relación con la inclusión social y la participación. Luego, se analiza el problema de la exclusión social generado por el uso de lenguaje oscuro o de difícil comprensión. Para ilustrar el efecto del lenguaje oscuro en contravención de la inclusión social, se examina el caso de los Acuerdos de paz en Colombia y los pueblos indígenas. Posteriormente, se argumenta cómo el desarrollo tecnológico podría contribuir a reducir escenarios de discriminación invisible producto de la ausencia del uso de lenguaje claro. En virtud de ello, se establece que el lenguaje claro puede implementarse como una herramienta para generar intervenciones efectivas para la inclusión social. Finalmente, se presentan las conclusiones con respecto a los efectos del lenguaje claro en términos de inclusión, especialmente en relación con la participación social y la protección de derechos fundamentales que pueden generarse gracias a su uso.
Mediante este procedimiento, se establece que el lenguaje claro representa una herramienta que contribuye a fortalecer la inclusión de los individuos dentro de la sociedad en igualdad de condiciones y a generar preceptos sociales más democráticos. Esto, a su vez, permite demostrar que el lenguaje claro favorece el reconocimiento de los derechos fundamentales.
1. CONTEXTUALIZACIÓN: ACERCA DEL LENGUAJE CLARO Y LA INCLUSIÓN SOCIAL
Para empezar, como se señala en el primer capítulo de este libro, existen una multiplicidad de acepciones del concepto del lenguaje claro, pues se trata de un término relativamente inexplorado. Esencialmente, su finalidad consiste en lograr la comprensión de documentos por parte de la ciudadanía mediante una comunicación basada en el uso de expresiones sencillas, con párrafos breves y sin tecnicismos innecesarios. Esto concuerda con el trabajo de organizaciones como PLAIN y Clarity que han explorado la comunicación en lenguaje claro durante muchos años. Ambas consideran que se evidencia el uso de lenguaje claro “si la lengua, la estructura y el diseño son tan claros que el público al que está destinada puede encontrar fácilmente lo que necesita, comprende lo que encuentra y usa esa información” 2.
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