“El propósito de QAA es salvaguardar los estándares académicos y garantizar la calidad y la reputación global de la educación superior del Reino Unido. Hacemos esto trabajando con las instituciones que proveen la educación superior, con organismos reguladores y organizaciones de estudiantes, con el objetivo compartido de ayudar a los estudiantes a tener éxito” (QAA, 2020).
Junto con relevar el papel de las IES en el sistema, es crucial reconocer y respetar su diversidad institucional. Este punto es especialmente importante en procesos de acreditación, en los que una aplicación de criterios y estándares únicos no siempre hace justicia a la pluralidad y complejidad de las instituciones. El uso de estándares es, sin duda, necesario para verificar niveles mínimos de desempeño o componentes básicos de una IES, y para uniformar juicios y decisiones de acreditación en base a antecedentes objetivables. En algunos casos, sin embargo, esto se traduce en la aplicación formalista y poco flexible de criterios y procedimientos, que escasamente tienen relación con el objetivo de asegurar la calidad. Una homogeneización y aplicación rígida de criterios de acreditación puede acentuar una tendencia al isomorfismo institucional, esto es, a la adopción por parte de las IES de estructuras organizativas similares, que son consideradas como el “gold standard” o como lo que exigen los estándares de acreditación.
Como ya se mencionó, un gran desafío para el sistema de aseguramiento de la calidad es realzar la perspectiva académica en los procesos de acreditación. Esto implica no solo simplificar los procesos, valorando los aspectos académicos por sobre los formales y procedimentales, sino también ampliar la perspectiva con que se enfrenta esta tarea, reordenando prioridades y adecuando los énfasis que se ponen en las evaluaciones. En esta línea, es vital que la definición de los criterios y estándares en los que está trabajando la CNA considere las experiencias y opiniones de las instituciones, sus diferentes realidades y el juicio de académicos expertos. Al igual que el nivel de la gobernanza del sistema y de la coordinación de la institucionalidad pública, también en este aspecto el nuevo marco legal puede ser una gran oportunidad para reenfocar los procesos de acreditación, orientándolos hacia la evaluación de los aspectos realmente significativos del quehacer académico.
En el fondo, de lo que se trata en el nuevo escenario es de promover las capacidades de autorregulación y mejora de las instituciones, por sobre su capacidad de respuesta a ciertos formalismos definidos normativamente. Pero esto requiere reorientar los propósitos centrales de la acreditación hacia el objetivo de apoyar el fortalecimiento de las instituciones, a través del desarrollo y consolidación de las capacidades propias de autorregulación y autoevaluación de su calidad (Bernasconi et al., 2020). Esto trasciende con mucho la creación de unidades internas de aseguramiento de la calidad, pensadas para responder a las exigencias externas, según establece la nueva ley. Para avanzar en este objetivo es crucial potenciar en la CNA un rol articulador y de acompañamiento de las instituciones. Por un lado, sería valioso para las IES recibir asesoría experta orientada al desarrollo de capacidades para lograr el cumplimiento de los criterios de calidad y que reforzara el mejoramiento del quehacer educativo. Se esperaría entonces, por ejemplo, que esta labor asumiera más bien el carácter de un acompañamiento y supervisión académica, antes que una supervisión administrativa. En lenguaje pedagógico, que fuera una evaluación formativa y no punitiva. Por otro lado, la CNA podría ser una entidad que articulara vínculos y promoviera asociatividad entre instituciones, para compartir aprendizajes, buenas prácticas e incorporar la experiencia internacional sobre aseguramiento de la calidad. De este modo, la CNA estaría cumpliendo la función promotora de la calidad que la ley le encomienda y que las instituciones esperan.
Por último, es necesario referirse brevemente a dos aspectos operativos de la acreditación que están establecidos en la nueva ley y que representan importantes cambios en la lógica de los procesos: los criterios y estándares, y la acreditación institucional integral.
Respecto de lo primero, la formulación adecuada de estos criterios y estándares es un punto crítico para avanzar hacia un aseguramiento de la calidad más robusto. Una incorrecta definición de estos elementos puede llevar a burocratizar aún más los procesos, tornarlos más engorrosos y alejarlos de su propósito. Es esencial, entonces, que los criterios y estándares de calidad sean claros, flexibles, abarcativos y que consideren la diversidad institucional, respetando el proyecto y misión de cada una de ellas. La definición en términos de progresión debe estar correctamente construida, de manera que los niveles efectivamente recojan y transmitan una lógica incremental en el cumplimiento de los criterios. Otras propuestas en esta línea, y que fueron ya planteadas en un documento elaborado por el Centro de Políticas Públicas UC en diciembre de 2020, dicen relación con la necesidad de diferenciar los estándares críticos de acreditación de los requisitos mínimos del licenciamiento y con reducir la lista de criterios para evitar la repetición y sobreponderación de algunas dimensiones. También con que los estándares no debieran expresarse como umbrales cuantitativos, puesto que responden a una lógica de verificación externa y no registran elementos más sustantivos del quehacer académico como parte del proceso de aseguramiento de la calidad (Bernasconi et al., 2020b). En suma, aún persisten múltiples dudas y preocupaciones asociadas a la definición de los criterios y estándares de acreditación; no así respecto de las consecuencias que estos podrían llegar a tener en el quehacer institucional si no se abordan desde una perspectiva como la mencionada y se insiste en el formalismo burocratizador.
En relación con la acreditación institucional integral, esta viene a cambiar fuertemente la lógica de la acreditación hasta ahora conocida. La nueva ley establece un tipo de evaluación que comprenderá la acreditación de la institución y, junto con ella, la revisión de una selección de sus programas y carreras, a partir de una muestra intencionada realizada por la CNA. El principal desafío en este ámbito es cómo lograr una evaluación balanceada, que refleje la solidez e integridad de la calidad institucional y sea verificable en las carreras. Hasta ahora no hay información sobre cómo será implementado este proceso, la logística asociada, los procedimientos, ni la forma en que se seleccionarán las carreras y programas a evaluar. Es imperativo aclarar la lógica de la acreditación integral y explicar cómo la definición de criterios y estándares se conjuga con este proceso, cómo se construirá la muestra intencionada y, por último, qué implicancias tendrá el resultado de esta evaluación particular en el proceso de acreditación integral. De acuerdo con la “Memoria de elaboración y elementos conceptuales de los criterios y estándares para la acreditación” de la CNA, todo el material referente a la acreditación institucional integral será desarrollado después de la definición de los criterios y estándares. Esto genera una fuerte incertidumbre en las IES, particularmente en aquellas que deben someterse al proceso de acreditación institucional en un futuro próximo. Un gran desafío para la CNA es, entonces, aclarar, a la brevedad, la lógica e implementación de este proceso. Urge generar un procedimiento transparente de selección de carreras y programas, que reduzca las suspicacias respecto de posibles sesgos que implica seleccionar una “muestra intencionada”, que precise qué se va a evaluar en estas carreras seleccionadas y cómo ello impactará los resultados de la acreditación integral.
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