Ángela Vivanco Martínez - Curso de Derecho Constitucional. Tomo I

Здесь есть возможность читать онлайн «Ángela Vivanco Martínez - Curso de Derecho Constitucional. Tomo I» — ознакомительный отрывок электронной книги совершенно бесплатно, а после прочтения отрывка купить полную версию. В некоторых случаях можно слушать аудио, скачать через торрент в формате fb2 и присутствует краткое содержание. Жанр: unrecognised, на испанском языке. Описание произведения, (предисловие) а так же отзывы посетителей доступны на портале библиотеки ЛибКат.

Curso de Derecho Constitucional. Tomo I: краткое содержание, описание и аннотация

Предлагаем к чтению аннотацию, описание, краткое содержание или предисловие (зависит от того, что написал сам автор книги «Curso de Derecho Constitucional. Tomo I»). Если вы не нашли необходимую информацию о книге — напишите в комментариях, мы постараемся отыскать её.

En esta
tercera edición del primer tomo de la obra
Curso de Derecho Constitucional, enfocado en las
bases conceptuales y doctrinarias del Derecho Constitucional, la autora ha enriquecido el trabajo original, que hacía referencia a conceptos fundamentales relacionados con el Estado, el Gobierno, los Derechos Humanos y al modelo democrático constitucional, tanto de Chile como de otros países occidentales. La presente edición incluye actualizaciones contenidas en reformas constitucionales y modificaciones legales en diversas materias, como sistema electoral público nacional y comparado,competencia de los tribunales internacionales, fuentes del Derecho Constitucional e interesantes reflexiones asociadas con la postmodernidad y la situación política, jurídica y social de Occidente en el Siglo XXI.
Todo lo anterior hace de este texto una contribución valiosa y dinámica al estudio de las democracias contemporáneas y de los Estados en que tiene cabida. El Derecho Constitucional es una de las disciplinas que mayor crecimiento ha tenido en los últimos años, y ha transitado desde una ciencia de apoyo y fundamentación a una que encuentra aplicación práctica en múltiples aspectos. El presente
Curso de Derecho Constitucional cuenta también con un segundo tomo dedicado a los Aspectos Dogmáticos de la Constitución de 1980 y un tercero que trata los Aspectos Orgánicos de la Constitución de 1980,
cuya lectura es altamente recomendable para abogados, académicos y alumnos de Derecho, pero también para todos quienes se interesan en el desarrollo y estado actual del constitucionalismo moderno.

Curso de Derecho Constitucional. Tomo I — читать онлайн ознакомительный отрывок

Ниже представлен текст книги, разбитый по страницам. Система сохранения места последней прочитанной страницы, позволяет с удобством читать онлайн бесплатно книгу «Curso de Derecho Constitucional. Tomo I», без необходимости каждый раз заново искать на чём Вы остановились. Поставьте закладку, и сможете в любой момент перейти на страницу, на которой закончили чтение.

Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

B.5) Fin del Estado:Es el objetivo del Estado. A menudo se confunde con la idea del bien común, es decir, del mayor bien material y espiritual posible de todos y de cada uno de los miembros de la comunidad. Sin embargo, hay estados que prevén objetivos bastante más materialistas y discutibles, lo que hace en efecto que pensemos si es posible o no que tal figura de estado cumpla realmente con un “deber” estatal, el cual al parecer se desarrollaría realmente en un esquema democrático que privilegia la idea del bien común, como un objetivo alcanzable progresivamente.

En la teoría del Estado hay varios autores, como los Pactistas y Hans Kelsen, autor este último gracias al cual la teoría del Estado deriva en una concepción formalista, esto es, la política vista como actividad que tiende al poder político y que es regulada en definitiva por el Derecho, lo que la restringe como explicación, ya que existen múltiples relaciones no reguladas por el derecho y que son, sin embargo, considerables en la realidad política, como por ejemplo el problema del terrorismo.

C) Escuela Conductualista

Autores como Max Weber consideraron que la teoría del Estado no era capaz de abarcar todo el ámbito de la política. Para éste y otros autores la política es una actividad o conducta relacionada con el poder político, que se explica desde dos aspectos: La Teoría de los Grupos y la Teoría de las Decisiones.

En lo que se refiere a los Grupos, podemos decir que se relaciona con el ejercicio del poder (“gobernar”), en el sentido de: ejercer control sobre el poder político (control, oposición), aceptación frente al ejercicio del poder (legitimidad), rechazo al ejercicio del poder (quiebres, crisis); influencia en el poder (sistema de grupos, lobbies ); y acercamiento al ejercicio del poder (conductas electorales), todas ellas relacionadas con grupos de las más diversas clases, incluido en ellos el Estado.

La teoría de las decisiones,por su parte, establece que la clave de la política, es descubrir cuáles son las decisiones fundamentales a tomar y quiénes son los que realmente toman las decisiones; se busca el último nivel decisorio.

D) Escuela del Sistema Político

Es el conjunto tanto de órganos como de procedimientos que, configurados en un modelo, explican cómo operan las decisiones públicas en un Estado. El estudio de este sistema, si bien tiene antecedentes históricos antiguos, fue desarrollado durante la segunda mitad del siglo XX por el cientista político inglés David Easton.

El funcionamiento institucional del sistema político está conformado por dos caras o aspectos: la faz arquitectónica y la faz agonal. La primera corresponde a la política constructiva, vale decir, referida a materias sobre las cuales hay un cierto grado de consenso dentro de una sociedad, por lo cual presentan escasos cambios bruscos o drásticos, como es el caso de la institución de la Presidencia de la República. Por otro lado la faz agonal corresponde a una política dinámica, cambiante, que se discute continuamente y que evoluciona a través de los años y de acuerdo a las circunstancias que rodean al Estado, como ocurre con las elecciones. Es de esta forma como se conjugan ambos sistemas en la política de un Estado, aportando la faz arquitectónica el elemento formativo y la agonal el discursivo, necesarios para la evolución de la estructura de un sistema político.

D.1) Los elementos que debe resguardar todo sistema político son los siguientes:

(a) El Orden: Corresponde a la disposición de los elementos para un fin determinado, relacionado con la idea de política. Todo gobierno representa la idea de estar orientado a un fin, a pesar de que algunos lo hagan para todos buscando el bien común, y otros sólo satisfaciendo el interés personal o de un grupo de la sociedad. Naturalmente el fin más legítimo es el bien común, que además es el más difícil de alcanzar.

(b) El Derecho: Para conseguir el objetivo anterior, es fundamental que toda sociedad traduzca su idea de adecuación respecto de fines preponderantes, necesariamente, en un ordenamiento jurídico capaz de enmarcar las acciones tanto de los particulares como de la autoridad.

(c) La Libertad: se traduce en la autodeterminación del individuo tanto en el aspecto interno, como en el externo, siendo este último el que le interesa a la política. La libertad presenta limitaciones tanto en la ley humana como en la proveniente del derecho natural, por lo que se parte de la premisa de reconocer que ésta no es absoluta. La libertad es tal que el individuo goza de ella por su calidad de ser humano, característica primordial que es garantizada por el derecho que cumple con enmarcarla. El pensamiento positivista señala que la libertad es un elemento que no puede escindirse del ordenamiento estatal y se goza de ella en la medida en que el sistema estatal lo reconoce. A lo anterior el Iusnaturalismo señala que es una condición propia del ser humano y lo que hace el ordenamiento es sólo reconocer tal condición, lo que concuerda con la tendencia actual.

Debe tenerse, además, presente que, en la época contemporánea, se ha ido prefirendo el concepto de autonomia por sobre el de libertad por dos razones: Primero, porque no refiere a ningún sistema de valores, sino más bien a la ética individual y, y segúndo, porque en el concepto de autonomía lo más mportante es la autodeterminación del individuo y la no injerencia de la sociedad o del colectivo, lo cual cuadra perfectamente con una visión del ser humano independiente y regido por sus propios parámetros y plan de vida.

(d) La Igualdad: Se refiere a que todos los hombres por su calidad de tales tienen los mismos derechos fundamentales, dentro de los cuales se encuentra la igualdad en la ley. Es así como todos los que están en condiciones similares deben gozar desde un punto de vista objetivo de un mismo tratamiento, como ocurre con el derecho a la vida, la libertad de expresión, la seguridad personal, etc.

Es fundamental que el sistema político prevea una serie de herramientas jurídicas que aseguren estas libertades y derechos, ya que son elementos indispensables para la estabilidad y porvenir de un sistema que sin ellos estaría destinado al fracaso.

D.2) Teoría del Sistema Político de acuerdo al diseño de David Easton

Según Easton, en cada país se da un sistema social nacional, que corresponde a una sociedad con identificación de nación, y dentro de él encontramos un sistema político en el que reside la toma de decisiones vinculantes u obligatorias. Estos órganos capaces de tomar decisiones vinculantes son parte del sistema social nacional, pero a la vez guardan respecto de él cierta independencia. Las características de esta teoría y el proceso de toma de decisiones serán abordados en el capítulo siguiente.

4. POLÍTICA-PODER

La política es el arte de gobernar con un fin determinado, que es el ordenar un Estado y “se identifica con el conjunto de actividades relativas a la fundamentación, organización y ejercicio del poder en una sociedad” 9. Para cumplir con esta finalidad, la política debe ir necesariamente asociada al poder, que es el que le da la capacidad de dirección y dominio al gobernante, indispensable para llevar a cabo sus planes.

Podemos definir al poder como la “facultad de obrar que el Estado tiene para el cumplimiento de sus fines” 10. Esta facultad que tiene el Estado corresponde a la capacidad para imponer una determinada voluntad en un sistema y además hacer cumplir dicha voluntad por la fuerza si fuere necesario. Lo anterior incluye la facultad de dar órdenes y de hacerlas cumplir. Esta relación de mando y obediencia puede basarse en la fuerza física o en la autoridad, entendiéndose por esta última un concepto ético valórico que se traduce en la conciencia de que el individuo que ejerce el poder es quien goza del respeto y aceptación de aquellos a quienes gobierna.

Читать дальше
Тёмная тема
Сбросить

Интервал:

Закладка:

Сделать

Похожие книги на «Curso de Derecho Constitucional. Tomo I»

Представляем Вашему вниманию похожие книги на «Curso de Derecho Constitucional. Tomo I» списком для выбора. Мы отобрали схожую по названию и смыслу литературу в надежде предоставить читателям больше вариантов отыскать новые, интересные, ещё непрочитанные произведения.


Estrella de Belén Jiménez Martínez - Shambala. Escuela de dioses
Estrella de Belén Jiménez Martínez
Fernando Jiménez Loosli - Historia constitucional de Chile
Fernando Jiménez Loosli
Miguel Ángel Martínez del Arco - Memoria del frío
Miguel Ángel Martínez del Arco
José Tono Martínez - La venganza del gallego
José Tono Martínez
Miguel Ángel Martínez - El misterio Perling
Miguel Ángel Martínez
Ángel Martínez Marcos - Conversaciones poderosas
Ángel Martínez Marcos
Отзывы о книге «Curso de Derecho Constitucional. Tomo I»

Обсуждение, отзывы о книге «Curso de Derecho Constitucional. Tomo I» и просто собственные мнения читателей. Оставьте ваши комментарии, напишите, что Вы думаете о произведении, его смысле или главных героях. Укажите что конкретно понравилось, а что нет, и почему Вы так считаете.

x