Aplicación práctica
Ricardo es analista en una de las empresas más importantes de España, por lo que necesita saber cómo actúan las exportaciones de vino al resto del mundo para poder medirse con sus competidores.
Atendiendo a los datos facilitados por AEAT, elabore tablas comparativas con el porcentaje de variación en los litros de vino exportado, su valor y el precio por litro entre los datos ofrecidos en los años 2013 y 2014.
SOLUCIÓN
Exportaciones españolas de vino (millones de euros) |
|
2013 |
2014 |
% variación 2013/14 |
D.O. envasado |
1.082,8 |
1.112,7 |
2,76 % |
D.O. granel |
49,1 |
33,6 |
-31,6 % |
Sin D.O. envasado |
424,9 |
395,9 |
-6,82 % |
Sin D.O. granel |
498,5 |
471,0 |
-5,51 % |
Espumoso |
458,6 |
417,9 |
-8,87 % |
Aromatizado |
80,1 |
81,5 |
1,74 % |
De licor |
59,3 |
62,3 |
5,05 % |
De aguja |
23,4 |
24,7 |
5,55 % |
TOTAL VINOS |
2.676,8 |
2.599,7 |
-2,88 % |
Exportaciones españolas de vino (millones de litros) |
|
2013 |
2014 |
% variación 2013/14 |
D.O. envasado |
346,3 |
347,6 |
0,37 % |
D.O. granel |
53,4 |
40,5 |
-24,15 % |
Sin D.O. envasado |
356,7 |
378,6 |
6,13 % |
Sin D.O. granel |
844,7 |
1.179,5 |
39,63 % |
Espumoso |
160,6 |
168,4 |
4,85 % |
Aromatizado |
63,1 |
69,5 |
10,1 % |
De licor |
18,7 |
19,2 |
2,67 % |
De aguja |
20,1 |
20,8 |
3,48 % |
TOTAL VINOS |
1.863,7 |
2.224,0 |
19,33 % |
Exportaciones españolas de vino (precio €/l) |
|
2013 |
2014 |
% variación 2013/14 |
D.O. envasado |
3,13 |
3,20 |
2,23 % |
D.O. granel |
0,92 |
0,83 |
-9,78 % |
Sin D.O. envasado |
1,19 |
1,05 |
-11,76 % |
Sin D.O. granel |
0,59 |
0,40 |
-32,20 % |
Espumoso |
2,86 |
2,48 |
-13,2 % |
Aromatizado |
1,27 |
1,17 |
-7,8 % |
De licor |
3,16 |
3,24 |
2,53 % |
De aguja |
1,17 |
1,19 |
1,70 % |
TOTAL VINOS |
1,44 |
1,17 |
-18,75 % |
Son muchas las disposiciones reglamentarias que se presentan en torno al sector vitivinícola, tanto comunitarias como estatales, dando un marco legal a la comercialización, producción, aseguramiento de la calidad y salubridad.
A continuación se presenta la normativa más característica de ámbito internacional y ámbito nacional, pudiéndose ampliar la información a través de la Agencia Estatal del Boletín Oficial del estado en la dirección web: www.boe.es.
Atendiendo a la legislación europea, cabe destacar las siguientes normativas:
1 Reglamento (CE) nº 479/2008 del Consejo, de 29 de abril de 2008, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, se modifican los Reglamentos (CE) nº 1493/1999, (CE) nº 1782/2003, (CE) nº 1290/2005 y (CE) nº 3/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) nº 2392/86 y (CE) nº 1493/1999. Este reglamento establece normas específicas que se aplican a la producción y comercialización de los productos del sector vitivinícola, estableciendo las medidas de apoyo y reglamentarias, las normas sobre los intercambios comerciales con terceros países y las normas que regulan el potencial productivo. (NOTA: reglamento derogado por el Reglamento (CE) 491/2009. Se mantienen la referencia y el texto consolidado del reglamento (CE) 479/2008, por continuar la aplicabilidad transitoria del artículo 128 apartado 3 a las medidas y en las condiciones que en él se determinan, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 del Reglamento (CE) 491/2009.
2 Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007. Este reglamento establece la organización común de mercados de los productos agrarios, que comprende todos los productos enumerados en el anexo I de los Tratados, salvo los productos de la pesca y de la acuicultura definidos en los actos legislativos de la Unión relativos a la organización común de mercados de los productos de la pesca y de la acuicultura.
3 Reglamento (UE) nº 401/2010 de la Comisión de 7 de mayo de 2010 que modifica y corrige el Reglamento (CE) nº 607/2009, por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 479/2008 del Consejo en lo que atañe a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas, a los términos tradicionales, al etiquetado y a la presentación de determinados productos vitivinícolas.
Todos los países de la Unión Europea deberán cumplir con la legislación comunitaria en materia de vinos, además de la correspondiente a cada país.
Atendiendo a la legislación española, cabe destacar las siguientes normativas:
1 Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino. El objeto de esta ley es la ordenación básica, en el marco de la normativa de la Unión Europea, de la viña y del vino, así como su designación, presentación, promoción y publicidad, la regulación del origen y calidad de los vinos, su sistema de protección en defensa de productores y consumidores, así como las sanciones.
2 Real Decreto 1363/2011, de 7 de octubre, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas. Este real decreto tiene por objeto establecer el marco normativo básico referente al etiquetado, a la presentación de determinados productos vitivinícolas y a la identificación del contenido de los recipientes en bodega.
3 Real Decreto 1244 /2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola. Por este real decreto, se establece la normativa básica en materia de potencial vitivinícola necesaria para el desarrollo del Reglamento (CE) nº 479/2008 del Consejo de 29 de abril de 2008.
Читать дальше