I.4. ETIOPÍA: “UN PAÍS ATRASADO, PERO DIGNO”
Etiopía, por su lado, se caracterizaba por ser, junto a Liberia, uno de los dos Estados africanos que no habían perdido su independencia tras la Gran Guerra 26. Encabezado desde 1930 por Haile Selassie, Etiopía se caracterizó por llevar a cabo grandes cambios y avances para su población, tanto en el plano interno como en el externo. En el primero de estos, a la abolición de la esclavitud –que tuvo lugar en 1924- se sumaba la adopción de una Constitución, eliminación de algunos impuestos, establecimiento de un Parlamento y un sistema de tribunales; mientras que en el segundo, destacan la inclusión de Etiopía en la SDN como en el Pacto Briand Kellog, en 1928 27.
Para el primer lustro de la década del treinta, y luego de una serie de escaramuzas fronterizas con Roma, el gobierno de Addis Abeba vio cómo la posibilidad de una guerra con Italia crecía día a día. A lo anterior, se sumaba el hecho de que ya desde 1934 el país transalpino se encontraba movilizando tropas y municiones a sus posiciones en África. En tal sentido, cabe recordar que, en caso de un conflicto armado, las diferencias entre ambos países -tanto militar como diplomáticamente- eran tan grandes que auguraban una rápida derrota etíope. Por ejemplo, evidencia lo anterior, el hecho de que nunca Etiopía pudo encontrar tan solo uno de sus propios ciudadanos que fuese capaz de representar a su país en Ginebra, valiéndose para ello de académicos europeos. Fue precisamente esta situación a la que aludió el representante italiano ante la SDN para calificar a Etiopía como un “estado bárbaro”, con el cual Italia “no puede discutir en un pie de igualdad”, razón por la cual se reservaba tomar “todas las medidas adecuadas para la seguridad de sus colonias vecinas”. Estas palabras, como indica Enrique Carabantes, eran sinónimo de una potencial desaparición de un país “atrasado, pero digno” 28, como Etiopía.
Con dicho panorama, no resultó novedosa la invasión que el 3 de octubre de 1935 sufrió el territorio abisinio por parte de las tropas italianas, episodio conocido como la Segunda Guerra Ítalo-Etíope (1935-1936) 29, que dio origen, tras la victoria de Roma, a la África Italiana Oriental 30; formando así, en palabras de Jorge, “un pequeño núcleo imperial que además le permitía competir con Gran Bretaña en el control de la ruta a India, del canal de Suez y del Río Nilo” 31, objetivo pendiente desde el término de la primera conflagración entre ambos países, a fines del XIX.
Así las cosas, y considerando los principios fundamentales que regían el accionar de la SDN, era esperable que ante semejante ataque el organismo actuase en consecuencia y sancionase drásticamente al régimen romano. Sin embargo, cabe preguntarse, finalmente ¿tuvo lo anterior consonancia en los hechos?
II. LA SDN FRENTE AL CONFLICTO ÍTALO-ETÍOPE Y LA POSICIÓN DE CHILE
En un principio, debemos señalar que una vez consumada la agresión, el gobierno etíope inmediatamente solicitó el pronunciamiento del organismo. Después de todo, lo realizado por Italia -ataque con armas químicas incluido 32- equivalía a pasar a llevar todos los límites en materia internacional, por lo que la reacción etíope parece, a todas luces, lógica y necesaria. Sabiendo lo anterior, en las líneas sucesivas abordaremos la problemática generada por el país transalpino bajo una doble perspectiva: la primera de ellas, relacionada con la posición de la SDN en torno al conflicto; y una segunda, vinculada a la posición chilena en torno al mismo.
II.1. DE LAS SANCIONES
En lo que refiere al primero de los puntos citados, la SDN efectivamente condenó el accionar italiano, estableciendo sanciones económicas contra Roma. Santiago, inclusive, apoyó tales medidas represivas, como bien señaló el presidente de la época, Arturo Alessandri, en uno de sus mensajes al Congreso chileno:
“Reconocida por el Consejo y la Asamblea la transgresión al Pacto, nos vimos obligados, como miembros de la entidad, a participar en las sanciones, compromiso doloroso por afectar a una nación cuyo aporte a la economía nacional es de suma importancia y que tan señalado lugar ocupa en nuestras tradicionales relaciones internacionales y en el desarrollo de la cultura universal” 33.
Sin embargo, de las declaraciones precedentes se desprende, como mínimo, que la voluntad real de Chile no era establecer sanciones contra Italia, y que, al hacerlo, lo realizó sin mucho convencimiento. ¿Cuáles podrían ser las razones de lo anterior? Al parecer, la vinculación económica ítalo-chilena era más fuerte de lo que se podía pensar como para tomar represalias en ese plano. Igualmente, otro factor a no olvidar es el origen del mismo mandatario chileno, quien, como descendiente de una familia italiana, probablemente no deseaba atentar contra los intereses de su familia paterna. Una última razón podría ser la necesidad chilena de adquirir armamento –en este caso, de Italia- con motivo del temor existente en las fuerzas armadas chilenas ante un eventual conflicto bélico con sus vecinos.
En cualquier caso, Chile participó en el llamado Comité de los Seis- integrado también por Dinamarca, Francia, Gran Bretaña, Portugal y Rumania- el cual tenía por misión proponer al Consejo del organismo “la adopción de medidas para enfrentar la rebeldía italiana” 34. Estas sanciones “entraron en vigor el 18 de noviembre de 1935 y consistían esencialmente en: 1) prohibición de exportar material bélico a Italia; 2) suspensión de cualquier crédito y financiamiento a Italia;3) prohibición de importar mercancías de Italia y embargo de ciertas exportaciones de ésta; 4) compromiso de indemnización mutua entre países sancionadores (…)”, deseando con ello el Consejo enviar un mensaje de advertencia no solo a la Italia fascista, sino también a la Alemania hitleriana, con la intención de que esta “no siguiera con políticas peligrosas para la paz europea” 35. Sin embargo, tales sanciones no lograron disuadir a Italia de frenar su avance en Abisinia ni retirarse del territorio etíope; pues no contemplaban una limitación en la adquisición de petróleo 36y así, con el oro negro a su disposición, Roma pudo continuar con su despliegue militar sin mayores inconvenientes en África 37.
En el segundo punto, las declaraciones emitidas por el Presidente Alessandri en una de sus cuentas públicas ayudan a comprender los alcances de la participación chilena en la citada guerra frente al desarrollo de dicho conflicto. Según palabras del mandatario, en el mes de septiembre de 1934, Chile fue designado para formar parte del Consejo del citado organismo 38, correspondiéndole por ello “actuar directamente en todos los debates en torno al conflicto ítalo-etíope” 39. En tal sentido, de las instrucciones enviadas a la delegación chilena en Ginebra se desprende que esta debía respetar los términos de los tratados internacionales y “procurar el estricto cumplimiento” de las disposiciones del organismo. Adicionalmente, se le encomendó “la conveniencia de marchar, en la medida de lo posible, de acuerdo con las demás naciones americanas”; junto con “la necesidad de no participar directamente sino en las actividades que nos correspondan como miembros de la Sociedad y de su Consejo, atenta la prudencia que aconseja nuestra lejanía de la órbita política europea” 40.
Teniendo en cuenta lo anterior, según consta en la documentación primaria consultada, el 19 de diciembre de 1935 y tras el fracaso de las negociaciones llevadas previamente a cabo por Francia y Gran Bretaña para el término del conflicto, Manuel Rivas Vicuña, uno de los delegados de Chile frente al Consejo del organismo internacional, primer representante que tuvo el país austral en la Liga y, para ese entonces, embajador de Chile en Italia 41, manifestó, en primera instancia, su voluntad por promover el cese de las hostilidades a través del diálogo 42.
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