Flórez Ruiz, José Fernando.
Todo lo que la democracia no es y lo poco que sí : defensa de una concepción democrática realista / José Fernando Flórez Ruiz. -- Bogotá : Universidad Externado de Colombia, 2015.
207 páginas ; 21 cm. – (Teoría política y del Estado ; número 1)
Incluye bibliografía.
ISBN: 9789587723632
1. Democracia 2. Filosofía de la democracia 3. Sociología política 4. Derechos humanos 5. Paz -- Teorías I. Universidad Externado de Colombia. II. Título III. Serie
321.8 SCDD 21
Catalogación en la fuente -- Universidad Externado de Colombia. Biblioteca - ENC
Septiembre de 2015
ISBN Digital 978-958-772-500-1
© 2015, JOSÉ FERNANDO FLÓREZ RUIZ
© 2015, UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA
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Primera edición: septiembre de 2015
Diseño de cubierta: Departamento de Publicaciones
Composición: Marco Robayo
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A Verónica
PRÓLOGO
Este libro de JOSÉ FERNANDO FLÓREZ RUIZ y la nueva colección de la Universidad Externado que con él se inaugura llegan a buena hora y sobre todo en buen lugar. Porque como contribución a la teoría democrática, abona un campo que en el país no cuenta con un cuerpo de literatura definido. Como ocurrió durante muchos años con el derecho constitucional, que fue escrito en Colombia con criterio más administrativista, más orgánico que dogmático y más preocupado por el poder que por los medios para controlarlo (QUINCHE, 2002), veinticinco años después del comienzo del cambio la filosofía política, y dentro de ella la teoría democrática en el país, siguen sin terreno propio, compartiéndolo con el derecho constitucional. En Colombia se necesita una perspectiva de filosofía política y de teoría de la democracia mucho más robusta, más normativa que descriptiva, más inspiradora de, que inspirada por, el precedente constitucional, con otros autores y con otros textos, con otras técnicas de argumentación distintas a las del derecho constitucional.
Los diferentes puntos de vista sobre la democracia son limitados e inevitables. En perspectiva histórica, para ubicar las “democracias” en el tiempo, la de los antiguos y las nuestras, y para poner en contexto, en su lugar y en su específico momento, a los grandes filósofos debatiendo, dando y respondiendo argumentos, enzarzándose en discusiones que pudieron comenzar hace dos mil o doscientos años y aún no terminan. Muchos de estos debates a veces pasan por debajo del visor del derecho constitucional. Es simplemente el precio de que mucho en esos debates de la filosofía política y la teoría democrática no llegue a concretarse al nivel que sí proporciona el derecho constitucional. Otras veces pasan y se distorsionan un poco. En Colombia, por ejemplo, faltó una perspectiva de teoría democrática para una buena adaptación de la democracia participativa, la cual terminó siendo una cuestión de referendos y revocatorias del mandato, cuando en el amplio repertorio de reformas del modelo los mecanismos de participación directa iban muy por detrás en orden de importancia de otros cambios más profundos a la democracia representativa como la participación de los trabajadores en la administración de las empresas, o de los estudiantes en la universidad, de los medios públicos de comunicación, de las asambleas de ciudadanos seleccionados por sorteo y de los consejos locales para la deliberación1.
El país se alista para una discusión muy intensa sobre la legalización y refrendación de los acuerdos de paz de La Habana. Ojalá no olvide la parte de ese debate que mejor puede ayudarle a resolver la teoría de la democracia. Pueden serle útiles, por ejemplo, el modelo de democracia deliberativa para conducir muchos aspectos de discusión, transparencia y decisión política en este proceso (PARKINSON y MANSBRIDGE, 2012), filosofías políticas alternativas como el republicanismo cívico (PETTIT, 1999; MARTÍ y PETTIT, 2010), otras formas de representación política electoral y no electoral, descriptiva, aleatoria, civil y meritocrática (WILLIAMS, 1998; MANSBRIDGE, 2003; SAWARD, 2009; WARREN, 2008; PETTIT, 2013), nuevos procedimientos más participativos y deliberativos para “hacer” y reformar constituciones (FISHKIN, 2011; LANDEMORE, 2014; EISENSTADT et al., 2015) y diseños institucionales para concretar de formas no plebiscitarias la participación del pueblo (WARREN y PEARSE, 2008; FISHKIN, 2009; GRONLÜND y Setälä, 2014).
JOSÉ FERNANDO FLÓREZ, abogado constitucionalista de la Universidad Externado y candidato a Doctor en Ciencia Política de la Universidad Panthéon-Assas (Paris II), en este libro y otros textos suyos ha levantado, con herramientas teóricas y empíricas de la teoría democrática, un puente entre las instituciones de la Constitución y su fundamento democrático. Viene de trabajar con esta óptica temas polémicos de diseño institucional: el debate insomne entre presidencialismo y parlamentarismo que entre nosotros se despierta cada tres o cuatro años, el voto obligatorio y necesario para Colombia en su criterio, y la institución de la reelección presidencial en Amérinca Latina, oponiéndosele y proponiendo, como se hizo en la reforma constitucional de equilibrio de poderes aprobada este año, su eliminación mediante norma constitucional solo reformable en referendo o asamblea constituyente, no por el Congreso.
Ahora FLÓREZ nos sorprende con su exposición de una controversia en el corazón de la teoría democrática. Asume el reto enorme de enfrentar esas preguntas imposibles que todos creemos poder responder hasta que, con la segunda o tercera crítica, quedamos sin palabras. ¿Qué es la democracia?
Intentarlo es como entrar en un laberinto. En 1997 COLLIER y LEVISTKY encontraron en la literatura 550 posibles respuestas. Si la democracia es “el gobierno del pueblo, por el pueblo, para el pueblo” como dijo LINCOLN, ¿deberíamos llamar democrático a un gobierno donde el pueblo ha decidido no gobernarse e investir para ello a “un dictador elegido”? Pero si la democracia impone límites también al pueblo, ¿en qué sentido podríamos decir que la democracia es el gobierno del pueblo? Algunos consideran que la democracia son derechos humanos, justicia, igualdad. ¿Algún ejemplo en este mundo violador de derechos humanos, injusto y desigual?
Aquí, como en muchas otras controversias, unos prefieren ser realistas o minimalistas y apoyar un concepto mínimo de democracia que, a costa de la parte más amable y de tantas expectativas, sirva para describir lo que la democracia es: ante todo, un procedimiento, un método para tomar decisiones a gran escala; no un gobierno del pueblo; un gobierno, si acaso, de élites intercaladas por una mayoría electoral. Pero esta definición deja insatisfechos a todos quienes creen que la democracia es mucho más que una regla de mayoría aplicada cada cuatro años para remplazar a unos privilegiados por otros privilegiados. A esto estas personas –maximalistas o idealistas en algún grado respecto a la postura minimalista– no le llamarían democracia. La democracia, dirían, no son solo elecciones; la democracia es participación del pueblo, deliberación pública, no intercambio de élites sino elección de representantes vinculados a los intereses y deseos del pueblo; la democracia es respeto por derechos fundamentales como la libertad de expresión y garantía de la igualdad entre ciudadanos libres, aun contra cualquier mayoría; democracia es separación de poderes, Estado de derecho, respeto con la Constitución y el orden de leyes vigente.
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