Jeremy Bentham continúa la construcción del edificio de la ética empirista allí donde Hume lo había dejado. Hume había equiparado, implícitamente al menos, a hombres y animales en lo esencial. Tratando en la Investigación sobre el entendimiento humano de la razón de los animales, había puesto las bases para negar la razón y la voluntad humanas y, en consecuencia, para equiparar hombres y animales. Bentham, sin embargo, va más allá; o al menos hace explícito lo que Hume solo había sugerido. Admitiendo que la capacidad de experimentar placer y dolor es el verdadero fundamento de la moral y de la posesión de derechos, Bentham no tiene más remedio que postular la existencia de los derechos de los animales .
¿Pero hay razón alguna por la cual debiéramos dejar que se les atormente [a los animales]? Ninguna que yo pueda ver. ¿Hay razón alguna por la cual no debiéramos dejar que se les atormente? Sí. Varias. Lejos está el día, y lamento decir que en muchos lugares ese día no ha pasado aún, en que la mayor parte de los individuos de nuestra especie han sido tratados por la ley, bajo la denominación de esclavos, exactamente al mismo nivel en el que, en Inglaterra, por ejemplo, son todavía tratadas las razas inferiores de animales. Puede que llegue el día en que el resto de la creación animal logre adquirir esos derechos que nunca podrían haberles sido arrancados sino por la mano de la tiranía . Los franceses han descubierto ya que la negrura de la piel no es razón para que un ser humano fuese abandonado sin remedio al capricho de un torturador. Puede que llegue un día en que se reconozca que el número de patas, la vellosidad de la piel o la terminación del os sacrum sean razones igualmente insuficientes para abandonar a un ser sensitivo a la misma suerte. ¿En qué otro lugar debiera trazarse la línea insuperable? ¿Es la facultad de razonar, o quizá la facultad de discurso? Pero un caballo o un perro en su pleno vigor es, sin comparación, un animal más racional, y más dialogante, que un niño de un día, o una semana . Pero supóngase que fuera este el caso, ¿qué probaría eso? La cuestión no es si pueden razonar, ni si pueden hablar, sino si pueden sufrir. 55
Ahora bien, si se es consecuente, la petición de derechos para los animales implica el rebajamiento del concepto de persona al de animal capaz de sentir (o de tener conciencia sensible) y de tener intereses sensibles. Pero la persona no es eso. La persona es el ser de naturaleza racional. El problema que suscita Bentham sobre los derechos de los animales no es un problema moral, sino antropológico y en última instancia metafísico. La cuestión no es si los animales tienen o deben tener derechos, sino si son capaces de tenerlos . Más aún, la cuestión radical es qué son los animales y qué son los hombres. Solo a partir de una clarificación de lo que es el hombre y el animal, como se pretende hacer en este libro, podrá hacerse ulteriormente luz sobre lo que es debido a uno y a otro.
La noción de persona y la metafísica
El tema que ahora abordamos es necesariamente más abstracto. Pero su estudio es indispensable, porque en él se contiene uno de los dos principios que sustentan el pensamiento de Singer.
El término persona tiene dos acepciones, una jurídica y otra metafísica. Desde el punto de vista jurídico, persona es el ser capaz de derechos y obligaciones . Desde el punto de visto metafísico la persona es, según la clásica definición de Boecio, el ser individual de naturaleza racional . La fórmula precisa empleada por Boecio es sustancia individual de naturaleza racional . Es claro, lógicamente, que el sentido jurídico se basa en el metafísico. La atribución de derechos y obligaciones presupone la capacidad de tener y usar de los derechos y de hacer frente a las correspondientes obligaciones. Ahora bien, esta capacidad no es otra que la naturaleza racional , o, en otras palabras, la capacidad de entender y querer.
En la definición de la persona de Boecio conviene ahora analizar tres términos: sustancia, naturaleza y racional. El cuarto término de la fórmula de Boecio, el adjetivo individual , tiene sentido especialmente en el contexto de la problemática trinitaria, que es de donde surge el sentido metafísico del concepto de persona, pero a nosotros no nos interesa ahora. Así pues, la persona es una sustancia de naturaleza racional . Sustancia es aquel ente que es en sí y no en otro. Toda sustancia es necesariamente de un determinado tipo. El tipo de sustancia que es un determinado ente es aquello que se conoce con el nombre de naturaleza . Además de esto, la naturaleza es el principio de operaciones de la sustancia. Pues bien, en este sentido la persona es aquella sustancia que es capaz de realizar actos racionales (en última instancia espirituales), es decir, actos de entendimiento y voluntad. Así pues, sustancia-naturaleza-actos racionales son los tres niveles metafísicos que constituyen la persona.
Conviene aclarar que la relación que hay entre naturaleza (racional) y actos (racionales) es la misma que hay entre ser (que es un acto primero o fundante) y tener o hacer (que es un acto segundo , fundado, más superficial). Efectivamente, algo o alguien es lo que es no por lo que hace (que sin duda guarda una estrecha relación con lo que es, pero que no lo hace ser ni le confiere una determinada naturaleza), sino por lo que ella misma es. Ello quiere decir que el ser (o ahora la naturaleza ) y el obrar se encuentran en planos ontológicos distintos. Incluso si algo o alguien no obrara como es propio de los seres de su naturaleza, no dejaría por eso de ser lo que es. En tal sentido, la naturaleza humana es de suyo racional. Los hombres son capaces de ordinario de realizar actos de razón. Pero no dejaría de ser hombre (es decir, sujeto poseedor de la naturaleza humana), no dejaría de ser persona humana aquel ser humano que por diversas circunstancias (como el hallarse en estado de gestación, o de enfermedad psíquica, o el encontrarse en estado de sueño o de pérdida transitoria de la conciencia, como en el caso de la embriaguez o de los estupefacientes, etc.) llegara a ser temporal o incluso permanentemente incapaz de tales actos. La personalidad humana no la constituyen los actos racionales, sino el ser capaz de realizar estos actos, es decir, el ser de naturaleza racional. Es persona humana quien participa de la naturaleza humana, aunque algún obstáculo impida la realización de los actos propios de la persona, como son los actos de razón; del mismo modo que es suficiente para ser un piano tener la naturaleza del piano, aunque resulte que el piano está deteriorado, o que es un mal piano o que es un piano desafinado o que, simplemente, es un piano incapaz de producir ya sonido hermoso alguno. Sin duda, un piano así será un piano estropeado, gravemente defectuoso, y todo lo que se quiera. Pero un piano estropeado, gravemente defectuoso, etc., es, a fin de cuentas, un piano.
Hemos dicho que el ser y el obrar se encuentran en planos diferentes. La persona humana es tal, queda constituida como persona humana en virtud del ser , más en concreto en virtud de la naturaleza humana , no de su obrar. Se es una persona humana porque se es racional y no solo porque se obra racionalmente, aunque esto sea lo que ocurre de ordinario. Los actos racionales expresan la naturaleza racional, pero no la constituyen , porque el plano sustancial de la naturaleza es un nivel más profundo que el de los actos segundos u operaciones, que presuponen el ser constituido en esa naturaleza. Conviene tener esto en cuenta para poderse adentrar en la teoría de la personalidad de Peter Singer con una idea mejor fundada.
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