Isabel María Márquez Pérez - E-learning en la formación profesional para el empleo
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Nota
En el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones se implica a la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y los Agentes Sociales, cuya representatividad en el mismo estará asegurada a través del Consejo General de la Formación Profesional (CGFP). A su servicio se crea también el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL).
El desarrollo de las cualificaciones profesionales se llevará a cabo mediante las acciones formativas.Estas acciones formativas se regulan en el Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, y se entienden como aquellas acciones dirigidas a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales, pudiéndose estructurar en varios módulos formativos con objetivos, contenidos y duración propios.
La formación para el empleo, dirigida a la obtención de los certificados de profesionalidad consiste en una formación modular, con la finalidad de poder favorecer la acreditación parcial acumulable.
La impartición de la formación para el empleo podrá llevarse a cabo por cualquiera de los siguientes medios o modalidades:
1 Presencial.
2 Teleformación
3 Mixta.
Los módulos que incluyan formación mediante teleformación (en parte o en su totalidad) se deberán acompañar de un sistema de tutorización que facilite el proceso de aprendizaje para el alumnado.

Importante
Hasta la entrada en vigor de la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto, el sistema de la formación profesional para el empleo contaba también con la modalidad de impartición a distancia tradicional, modalidad que ha sido suprimida en esta orden y en su lugar se ha dado paso a la teleformación. Igualmente en el Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, se especificaba que todas las acciones formativas a distancia han de ser acompañadas por acciones tutoriales, esta característica se ha mantenido en las acciones formativas en teleformación y mixta.
Se considerará modalidad en teleformación cuando, mediante el uso de las nuevas tecnologías, se produzca la interacción telemática de alumnos, tutores y recursos que se encuentran situados en diferentes lugares.
La impartición de las acciones formativas mediante teleformación queda modificada en la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto, por la que se modifica la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, que regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
La novedad que presenta la citada Orden frente a la regulación de la modalidad de teleformación de las acciones formativas es la impartición de forma total de los módulos o unidades formativas. Esto queda expuesto del siguiente modo:
Cuando la formación se desarrolle en todo o en parte mediante teleformación, esta modalidad de impartición deberá realizarse a través de una plataforma virtual de aprendizaje que asegure la gestión de los contenidos, un proceso de aprendizaje sistematizado para los participantes y el seguimiento y evaluación de los mismos.
Se hace mención explícita a la metodología usada, ya que esta metodología deberá ser la apropiada a la modalidad de impartición en teleformación, así como estar complementada con asistencia tutorial. Se deberá garantizar además, en la impartición de dichas acciones, las garantías de accesibilidad y diseño que establezcan las administraciones competentes en la regulación de los certificados de profesionalidad. Al respecto se especifica lo siguiente:
Cuando la formación se desarrolle en todo o en parte mediante teleformación, esta modalidad de impartición deberá realizarse a través de una plataforma virtual de aprendizaje que asegure la gestión de los contenidos, un proceso de aprendizaje sistematizado para los participantes y el seguimiento y evaluación de los mismos. La impartición deberá contar con una metodología apropiada para esta modalidad, complementada con asistencia tutorial, y deberá cumplir los requisitos de accesibilidad y diseño que se establezcan por la Administración competente en la regulación de los certificados de profesionalidad.
Se pedirá también que todos los tutores o tutoras que impartan la formación deban acreditar su formación o experiencia en el desarrollo de acciones formativas en modalidad de teleformación, así como aquellos requisitos específicos de la materia solicitados para los tutores/as en cada uno de los certificados de profesionalidad.

Actividades
2. Realizar un listado de los requisitos o competencias que deberán cumplir los tutores/as para la impartición de un módulo formativo o unidad formativa, en la modalidad e-learning para el certificado de profesionalidad de Asistencia a la dirección.
Aplicación práctica
Luisa se encuentra interesada en cursar un certificado de profesionalidad de la familia profesional de informática y comunicaciones, en concreto programador de aplicaciones informáticas pero sigue viviendo junto a su familia en un pueblo donde no existe ningún centro donde pueda realizarlo. Asimismo, debido a que trabaja en una tienda de informática por las mañanas, su tiempo es muy limitado para desplazarse hasta la ciudad más cercana, donde se encuentra un centro acreditado para su impartición. ¿Podría Luisa cursar dicha formación? ¿Cómo?
SOLUCIÓN
Sí, ahora Luisa tiene la posibilidad de llevar a cabo dicha formación en la modalidad de teleformación, a través de una plataforma telemática, para lo que deberá buscar una entidad acreditada que imparta dicha formación en esta modalidad.
3. Ventajas e inconvenientes del e-learning frente a la enseñanza presencial tradicional
Aunque se hayan visto anteriormente las características que ofrece la formación e-learning y aunque este sistema se ofrece como uno de los más ventajosos en relación a las nuevas necesidades formativas, también cuenta con algunos inconvenientes con respecto a la formación tradicional. A continuación se verán sus principales ventajas e inconvenientes.
Las principales ventajasque ofrece la formación e-learning son:
1 Favorece un aprendizaje más flexible, donde el alumnado cobra un papel más activo en el proceso de enseñanza-aprendizaje, el alumno deja de ser un receptor pasivo de conocimientos y las herramientas con las que cuenta el e-learning facilitan la participación de los mismos en los proceso (chats, correo electrónico, foros, etc.).
2 En la formación e-learning son los propios alumnos los que se configuran como el centro del proceso de enseñanza–aprendizaje, decidiendo qué, cómo y cuándo quieren estudiar.
3 A través de esta modalidad formativa se facilita la interactividad, ya que se fomentan las relaciones entre todos los integrantes del proceso de enseñanza-aprendizaje, favoreciendo el aprendizaje cooperativo.
4 Tiene una organización menos definida en el espacio y el tiempo educativos, por lo que evita desplazamientos, gastos e incompatibilidad en los horarios. Además, permite la comunicación de forma síncrona (al mismo tiempo) y asíncrona (en tiempos diferentes).
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