Una vez conocidos los volúmenes, el siguiente y último paso es aplicar la normativa correspondiente a cada uno de los volúmenes. Para ello se aplicará la siguiente tabla extraída de la ITC-BT-27:
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Recuerde |
Para aplicar esta instrucción técnica primero se deben situar los volúmenes y segundo se tienen que aplicar las especificaciones correspondientes a cada volumen. Estas se recogen en el cuadro resumen de la ITC-BT-27.

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Aplicación práctica |
Usted tiene que realizar la electrificación de un local que contiene un aseo con una bañera en su interior. ¿Cuál sería el procedimiento a seguir para la correcta elección de los equipos que se instalen en el aseo del local?
SOLUCIÓN
Siguiendo las instrucciones que aparecen en la ITC-BT 27 se determinarían las zonas según el nivel de humedad en las que se dividiría el aseo, es decir, se establecería el volumen 0, el volumen 1 y el volumen 2. Una vez delimitadas las zonas se aplica el cuadro que aparece en esta instrucción donde nos indica el índice de protección que deben tener los elementos de la instalación dependiendo del volumen donde se encuentre la parte de la instalación.
5.2. Instalaciones de locales de pública concurrencia ITC-BT-28
Esta instrucción técnica aporta las prescripciones generales para la ejecución de instalaciones en lugares de pública concurrencia, las prescripciones complementarias para locales de espectáculos y actividades recreativas y para locales de reunión y trabajo.
En esta instrucción se desarrolla la normativa para el alumbrado de emergencia que puede ser de dos tipos: alumbrado de seguridad o alumbrado de reemplazamiento.
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Importante |
Todos los locales de pública concurrencia deberán disponer de alumbrado de emergencia.
Alumbrado de seguridad
Será el alumbrado previsto para garantizar la seguridad de las personas que evacuen una zona y está programado para que entre en funcionamiento automáticamente cuando se produzca un fallo en el alumbrado general o cuando la tensión de este sea inferior al 70%. El alumbrado de seguridad se divide a su vez en los siguientes tipos.
Alumbrado de evacuación
Es el alumbrado que señala las rutas de evacuación. Debe tener una iluminancia mínima de 1 lx (5 lx en los cuadros de alumbrado y en la protección contra incendios manual) y tiene que funcionar durante al menos 1 hora.
Alumbrado antipánico
Este alumbrado se utiliza para crear una iluminación ambiente que evite situaciones de pánico, al señalizar las rutas de evacuación y al poder distinguir posibles obstáculos. Debe proporcionar una iluminancia mínima de 0,5 lx desde el suelo hasta una altura de 1 m. Deberá funcionar como mínimo durante una hora.
Alumbrado de zonas de alto riesgo
Esta parte del alumbrado de seguridad se instalará en lugares donde se realicen actividades potencialmente peligrosas. Este alumbrado debe proporcionar una iluminancia mínima de 15 lx o el 10% de la iluminancia normal. Debe funcionar, como mínimo, el tiempo necesario para abandonar la actividad o zona de alto riesgo.
Lugares en los que deberá instalarse alumbrado de seguridad
A continuación, aparece una lista de los locales donde la instalación del alumbrado de seguridad es obligatoria:
En todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 100 personas.
En los recorridos de evacuación previstos para el desalojo de más de 100 personas.
En los aseos generales de planta en edificios de acceso público.
En los estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos, incluidos pasillos y escaleras de salida.
En los locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección.
En las salidas de emergencia y en las señales de seguridad reglamentarias.
En todo cambio de dirección de la ruta de evacuación.
En toda intersección de pasillos con las rutas de evacuación.
En el exterior del edificio, en la vecindad inmediata a la salida.
A una distancia inferior a 2 m medidos horizontalmente de las escaleras, de manera que cada tramo reciba una iluminación directa.
A una distancia inferior a 2 m medidos horizontalmente de cada cambio a nivel.
A una distancia inferior a 2 m medidos horizontalmente de cada puesto de primeros auxilios.
A una distancia inferior a 2 m medidos horizontalmente de cada equipo manual destinado a la prevención y extinción de incendios (iluminancia mínima 5 lx).
En los cuadros de distribución de la instalación de alumbrado de las zonas indicadas anteriormente (iluminancia mínima 5 lx).
Alumbrado de reemplazamiento
Es el alumbrado de emergencia que permite la continuidad de las actividades normales. Cuando este alumbrado proporcione una iluminancia inferior a la normal este alumbrado se utilizará únicamente para terminar el trabajo con seguridad. Estará en funcionamiento dos horas como mínimo.
Lugares en los que deberán instalarse alumbrado de reemplazamiento
En las zonas de hospitalización. (Iluminancia superior a 5 lx).
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