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Nota |
La instalación se realizará en un espacio con una atmósfera con distintos niveles de humedad.
Bañeras
Los volúmenes correspondientes a las bañeras se clasifican en:
Volumen 0:comprende el interior de la bañera.
Volumen 1:comprende dos espacios:
1. El volumen superior al volumen 0 hasta una altura de 2,25 m.
2. El espacio que se encuentra justo debajo de la bañera si es accesible.
Volumen 2:comprende dos espacios:
1. El espacio delimitado por el volumen 1 y el plano vertical paralelo situado a 0,6 m, y desde el suelo hasta una altura de 2,25 m.
2. El espacio superior al volumen 1 hasta el techo, o si el techo fuese muy alto hasta una distancia de 3m.
Volumen 3:comprende tres posibles volúmenes:
1. El espacio delimitado por el volumen 2 y el plano vertical paralelo, situado de este a una distancia de 2,4 m, y desde el suelo hasta una distancia de 2,25 m.
2. El espacio superior al volumen 2 hasta el techo o 3 m cuando la altura del techo los exceda.
3. Comprende cualquier espacio por debajo de la bañera, sólo accesible mediante herramientas, cuando dicho volumen garantice un grado de protección IPX4 como mínimo (no es aplicable al espacio situado por debajo de bañeras de hidromasajes y cabinas).
Planos orientativos
Plano orientativo 1
Plano orientativo 2
Duchas
Los volúmenes correspondientes a la instalación son los siguientes:
VOLUMEN 0:depende de si la ducha contiene plato:
Con plato:comprende el interior del plato.
Sin plato:del suelo hasta una distancia de 0,05 m.
Difusor variable(es el que no esta situado en el mismo punto, se puede desplazar). La distancia horizontal comprendida en un radio de 1.2 m alrededor del difusor.
Difusor fijo:la distancia horizontal comprendida en un radio de 0,6 m alrededor del difusor.
Volumen 1:
Con plato:el volumen superior al volumen 0 hasta una altura de 2,25 m y el espacio que se encuentra justo debajo de la ducha si es accesible.
Sin plato:el volumen superior al volumen 0 hasta una altura de 2,25 m.
Volumen 2:comprende dos espacios:
1. El espacio delimitado por el volumen 1 y el plano vertical paralelo situado a 0,6 m, y desde el suelo hasta una altura de 2,25 m.
2. El espacio superior al volumen 1 hasta el techo, o si el techo fuese muy alto hasta una distancia de 3 m.
Volumen 3:comprende tres posibles volúmenes:
1. El espacio delimitado por el volumen 2 y el plano vertical paralelo, situado de este a una distancia de 2,4 m, y desde el suelo hasta una distancia de 2,25 m.
2. El espacio superior al volumen 2 hasta el techo o 3 m cuando la altura del techo los exceda.
3. Comprende cualquier espacio por debajo de la ducha, sólo accesible mediante herramientas, cuando dicho volumen garantice un grado de protección IPX4 como mínimo.
Planta de ducha
Planta de ducha sin plato pero con pared fija
Planta de ducha sin plato
Planta de ducha con pared fija
Plano orientativo
Bañeras de hidromasaje, cabinas de duchas con circuitos eléctricos y aparatos análogos
Los volúmenes aplicables serán los mismos que para las bañeras y duchas con plato, pero atendiendo a unas especificaciones adicionales:
Todo equipo eléctrico, incluyendo los alimentados a MBTS (Muy Baja Tensión de Seguridad), deberán cumplir los requisitos de la norma UNE-EN 60.335-2-60.
La conexión de estos aparatos se realizará mediante cable con cubierta que cumpla unas características como mínimo de H05VV-F, o mediante cable bajo tubo aislante, con conductores aislados de tensión asignada 450/750 V. Una vez instalado el grado mínimo que se obtenga debe ser IPX5.
Todas las cajas de conexión deben garantizar, junto con su unión a los cables y tubos, un grado de protección mínimo IPX5. Para su apertura será necesario el uso de herramienta.
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