⋅ Piscinas con potencia instalada superior a 10 kW.
⋅ Quirófanos y salas de intervención.
⋅ Instalaciones de alumbrado exterior con potencia instalada superior a 5 kW.
⋅ Instalaciones de las estaciones de recarga para el vehículo eléctrico, que requieran la elaboración de proyecto para su ejecución.
• Periódicas:Se realizan de forma regular con intervalos de tiempo preestablecidos. Serán:
⋅ Cada 5 años : Aquellas instalaciones eléctricas de BT que precisaron inspección inicial.
⋅ Cada 10 años : Las instalaciones comunes de los edificios de viviendas con potencia total instalada superior a 100 kW.
Los OC realizan las inspecciones de las instalaciones teniendo en cuenta tanto las prescripciones del REBT y normativa de aplicación, como la documentación técnica correspondiente. La empresa instaladora puede asistir a estas inspecciones si lo estima conveniente. Tras la inspección, el Organismo de Control emite un Certificado de Inspección(ver figura 2.1) que puede ser:
• Favorable:Cuando no existen defectos ni graves ni muy graves. En este caso se anotan los defectos leves detectados si los hubiera, que el titular debe corregir antes de la siguiente inspección. Esta información también sirve para las estadísticas que recoge la administración competente del buen hacer de las empresas instaladoras.
• Condicionado:Se emite cuando es detectado un defecto grave o cuando uno o varios defectos leves advertidos en la anterior inspección no han sido subsanados. En este caso:
⋅ Las instalaciones nuevas no pueden entrar en servicio hasta que no se corrijan.
⋅ Las instalaciones en servicio tienen un plazo no superior a 6 meses para subsanarlo.
• Negativo:Se produce cuando se detecta al menos un defecto muy grave. En ese caso:
⋅ Las instalaciones nuevas no pueden entrar en servicio hasta que no se corrijan.
⋅ Las instalaciones en servicio obtienen un Certificado Negativo que será remitido al órgano competente de la Comunidad Autónoma. En este caso el OC propone el aislamiento de la parte con defecto grave y en un plazo de 48 horas se presentará un inspector de industria a verificar y proponer el corte del suministro en su caso.
Figura 2.1.Tipos de Certificados de Inspección
El Certificado de Inspecciónes un documento normalizado por el órgano competente en materia de seguridad industrial.
Puesto que el tipo de anomalías detectadas determina la clase de certificado de inspección emitido, es necesario esclarecer los fundamentos de su clasificación. En la ITC-BT-05 aparece una lista exhaustiva de los distintos tipos de defectos aunque, en esencia, se clasifican en:
• Muy Graves:Constituyen un peligro inmediato para las personas o los bienes. Se consideran como tales los incumplimientos de las medidas de seguridad en el caso de:
⋅ Contactos directos, en cualquier tipo de instalación.
⋅ Locales de pública concurrencia.
⋅ Locales con riesgo de incendio o explosión.
⋅ Locales de características especiales.
⋅ Instalaciones con fines especiales.
⋅ Quirófanos y salas de intervención.
• Graves:No suponen un peligro inmediato para la seguridad de las personas o de los bienes, pero pueden serlo al originarse un fallo en la instalación. También se consideran como tales aquellos que pueden reducir de modo sustancial la capacidad de utilización de la instalación eléctrica.
• Leves:Son aquellos que no suponen un peligro para las personas o los bienes, no perturba el funcionamiento de la instalación y en el que la desviación respecto de lo reglamentado no tiene valor significativo para el uso efectivo o el funcionamiento de la instalación.
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Proyecto de una instalación eléctrica en edificio de viviendas |
3.1 Fases desde el diseño a la puesta en servicio
La ejecución completa de una instalación eléctrica en edificio de viviendas implica una serie de etapas que van desde el diseño a su puesta en servicio, tal como se muestra en la Figura 3.1.
Figura 3.1.Fases de la ejecución de una instalación eléctrica
En cada una de las fases se producen una serie de acciones características que son:
• Encargo del cliente:El procedimiento de diseño y ejecución de una instalación eléctrica siempre comienza con el encargo de un cliente. La necesidad puede estar motivada por que se quiere ejecutar un nuevo edificio, el cual requiere de unas dotaciones en cuanto a instalaciones para su posterior funcionamiento, entre ellas la eléctrica; pero también puede ser debida a que haya que hacer una modificación, ampliación o reforma de una instalación existente, en cuyo caso el proceso desencadenado es el mismo.
El usuario, en función de la naturaleza y la magnitud de la instalación, contacta con una empresa instaladora y, en ocasiones, con un técnico titulado competente, a quienes encomienda la responsabilidad de la realización de la obra. Para asegurar la satisfacción de forma adecuada de las necesidades del cliente y poder, a su vez, realizar el diseño, se deben acordar una serie de especificaciones de la instalación que, junto con los planos del edificio o local, constituyen el punto de partida del diseño.
Puesto que este es el momento en que se redacta el contrato entre el cliente y la empresa instaladora (y técnico titulado competente, si es el caso), cabe resaltar que, con carácter previo a la redacción del documento, ambos agentes deben cumplir con las obligaciones de información de los prestadores y las obligaciones en materia de reclamaciones establecidas en los artículos 22 y 23 de la Ley 17/2009 sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio.
En edificios de nueva construcción es preciso solicitar un suministro auxiliar de obras para llevar a cabo los trabajos de construcción que será conforme a la ITC-BT-33. Para ello no será necesario haber implementado todavía el diseño de la instalación eléctrica.
• Diseño de la instalación eléctrica:En ella se toman todas las decisiones destinadas a satisfacer los requerimientos acordados y se efectúan los cálculos, siempre teniendo presente toda la normativa de aplicación. Es necesario también en esta fase solicitar una serie de datos y acordar ciertas circunstancias (como por ejemplo la ubicación de la CGP o la CPM) con la empresa suministradora que asumirá el servicio. Por último, resultado del diseño, se genera una documentación técnica donde se describen las características de la instalación.
• Ejecución de la instalación eléctrica:Según el artículo 22 del REBT, las instalaciones eléctricas de baja tensión se ejecutan por empresas instaladoras en baja tensión o, dicho de otro modo, por personas físicas o jurídicas que han presentado la declaración responsable de inicio de actividad ante el órgano competente de la comunidad autónoma donde se establezcan. Es requisito para ello el contar con los medios técnicos y humanos exigidos por la ITC-BT-03 actualizada a las modificaciones introducidas por el RD 560/2010.
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